RESOLUCIÓN TRI/3821/2005, de 26 de diciembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de mando de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Tarragona (convocatoria de provisión núm. TI/10/05).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRI/3821/2005, de 26 de diciembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de tres puestos de mando de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Tarragona (convocatoria de provisión núm. TI/10/05).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes tres puestos de mando en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Tarragona, y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad, y las descripciones de los puestos de trabajo a proveer, incluidas en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

.1 Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los tres puestos de mando de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Tarragona (convocatoria de provisión núm. TI/10/05) que se detallan en el anexo 2 de la presente Resolución.

.2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC; o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 26 de diciembre de 2005

P. D. (Orden TIC/371/2002,

DOGC de 11.11.2002)

Antoni Fernández Pérez

Secretario general

Anexo 1

.1 Puesto de trabajo

Se convoca concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de trabajo cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de la presente convocatoria.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de la presente convocatoria.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en la presente convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de la presente convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación donde estén clasificados los puestos objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación donde está clasificado el puesto objeto de convocatoria a los que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 Para poder participar, los funcionarios con destino definitivo deberán haber permanecido un mínimo de un año en puestos del mismo nivel desde el que se concursa, salvo que el puesto a proveer sea del mismo departamento, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

3.2 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en la presente convocatoria es necesario tener los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en la presente convocatoria.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificará en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones mencionadas en la base 4.1 de la presente convocatoria, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades, de libre designación o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiere establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En este supuesto, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de puestos de mando como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que los destituidos de cargos de mando puedan participar para puestos singulares. Tampoco podrán tomar parte los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.5 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de la presente convocatoria.

.4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se deben presentar en el Registro general del Departamento de Trabajo e Industria (c. Sepúlveda, 148.150, 08011 Barcelona), en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria en Barcelona (c. Carrera, 12.24, 08004 Barcelona), en Girona (c. Rutlla, 69.75, 17003 Girona), en Lleida (c. General Britos, 3, 25007 Lleida), en Tarragona (c. Joan Baptista Plana, 29.31, 43005 Tarragona), en Les Terres de l'Ebre (c. La Rosa, 9, 43500 Tortosa), o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde el siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la Junta de Méritos y Capacidades decida aceptarlas, una vez transcurrido el citado plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3 La solicitud se deberá formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997). Esta solicitud se puede obtener en la dirección de internet http://www.gencat.net/governacio.ri/administracio/concursos.htm.

4.4 Deberá adjuntarse a la solicitud una declaración de los méritos y capacidades que se aleguen, así como un certificado, emitido por el órgano...

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