ORDEN EMO/82/2013, de 9 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza viaria que la empresa Valoriza Servicios Medioambientales presta en el municipio de Sant Cugat del Vallès.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga formulada por el comité de empresa de Valoriza Servicios Medioambientales (registro de entrada de 3 de mayo de 2013), que está previsto que se inicie a las 07:00 horas del día 15 de mayo de 2013, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla que realiza las tareas de limpieza viaria en el municipio de Sant Cugat del Vallès;

Considerando que la empresa realiza el servicio de limpieza viaria, que es un servicio esencial para la comunidad ya que su interrupción afectaría bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y el medio ambiente que establecen los artículos 43 y 45 de la Constitución;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que la limpieza viaria no puede quedar desatendida, deberá efectuarse dos veces por semana, y también realizar aquellas actuaciones de carácter inmediato que, de no realizarlas, pueden poner en riesgo la seguridad de la ciudadanía, como pueden ser accidentes en la calzada, derrames de aceite, etc.;

Considerando que en trámite de audiencia las partes han expuesto sus propuestas de servicios mínimos, tal como consta en el acta de 8 de mayo de 2013;

Considerando que se ha solicitado un informe a la Agencia de Protección de la Salud del Departamento de Salud y al Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès;

Considerando lo que disponen el artículo 28.2 de la Constitución; el artículo 170.1.i) del Estatuto de autonomía de Cataluña; el artículo 10.2 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo; el Decreto 120/1995, de 24 de marzo, de la Generalidad de Cataluña; y las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril; 26/1981, de 17 de julio; 33/1981, de 5 de noviembre; 51/1986, de 24 de abril; 27/1989, de 3 de febrero; 43/1990, de 15 de marzo, y 122/1990 y 123/1990, de 2 de julio,

Ordeno:

Artículo 1

La situación de huelga anunciada por el comité de empresa de Valoriza Servicios Medioambientales que está previsto se inicie a las 07:00 horas del día 15 de mayo de 2013, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla que realiza las tareas de limpieza viaria en el municipio de Sant Cugat del Vallès...

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