ORDEN EMO/75/2013, de 3 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza que presta la empresa Externalia Object, SL, en los centros de enseñanza del municipio de Vic.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga presentada por la delegada de personal de la empresa Externalia Object, SL, (registro de entrada de 23 de abril de 2013) que, después de desconvocatoria parcial comunicada en acto de mediación, está prevista desde el comienzo de la jornada laboral de cada uno de los turnos, horarios y servicios del día 7 de mayo hasta el comienzo de la jornada laboral de cada uno de los turnos, horarios y servicios del día 9 de mayo de 2013, y que afecta a toda la plantilla de la empresa que realiza la limpieza de los centros de enseñanza del municipio de Vic;

Considerando que el servicio de limpieza de los centros de enseñanza y la guardería Sentfores debe considerarse un servicio esencial para la comunidad, ya que su interrupción afectaría derechos fundamentales como el de la salud, de acuerdo con los artículos 15 y 43 de la Constitución;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial y garantizar los derechos constitucionales, tal como señalan los artículos 28 y 37 de la Constitución, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que, a pesar de que la huelga tenga una duración de solo dos días, se deben garantizar las máximas condiciones higiénico-sanitarias para evitar cualquier riesgo de contaminación, y valorando que el derecho a proteger es el de la salud de las personas;

Considerando que la falta de limpieza en los centros de enseñanza de educación infantil y primaria así como la guardería puede suponer un riesgo sanitario, y teniendo en cuenta que se trata de un colectivo especialmente vulnerable, se considera adecuado establecer unos servicios mínimos consistentes en un 50% de la limpieza de los comedores y sanitarios (lavabos y retretes);

Considerando que en huelgas anteriores de similares características se dictó la Orden EMO/381/2012, de 20 de noviembre, y las Órdenes TRE/252/2010, de 23 de abril; TRE/508/2009, de 20 de noviembre; TRE/454/2009, de 21 de octubre, y TRE/281/2009, de 28 de mayo, que adecuaban los servicios mínimos a una convocatoria de 48 horas de duración;

Considerando que en trámite de audiencia las partes en conflicto han efectuado sus propuestas de servicios mínimos, tal y como consta en el acta de 2 de mayo de 2013;

Considerando que se...

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