ORDEN TRE/295/2010, de 18 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria y de playas que la empresa UTE Sanejament Palafrugell presta en el municipio de Palafrugell.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/295/2010, de 18 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria y de playas que la empresa UTE Sanejament Palafrugell presta en el municipio de Palafrugell.

Vista la convocatoria de huelga formulada por CCOO en la empresa UTE Sanejament Palafrugell (registro de entrada de 7 de mayo de 2010, en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Girona) prevista a partir de las 20.00 horas del día 20 de mayo de 2010 hasta las 20.00 horas del día 24 de mayo de 2010, y que afecta a la totalidad de la plantilla del centro de trabajo de Palafrugell;

Considerando que la empresa realiza los servicios de recogida de basura (fracción orgánica y de desecho) y los servicios de limpieza viaria y de playas, así como la recogida de voluminosos, los cuales son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría a bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición, favorecen, a parte del mal olor, la proliferación de insectos y roedores, que son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias con el fin de mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios y asistenciales y su entorno, una máxima higiene en los centros de enseñanza con servicio de comedor y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, se deberá realizar el servicio de recogida de basura habitual en estas zonas.

Considerando que la recogida de la fracción orgánica tiene que tener un trato más intenso que el resto de basura, dado el mayor grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la misma, deberá recogerse y transportar cada 48 horas desde la última recogida. La fracción de desecho se retirará y se transportará cada 72 horas desde la última recogida. Si en...

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