RESOLUCIÓN TRI/3512/2006, de 26 de octubre, por laque se desarrolla el procedimiento de concesión de subvenciones para entidadesque organicen proyectos transnacionales de movilidad para la calificaciónprofesional de jóvenes y se abre convocatoria para la presentación desolicitudes de subvención para el 2006.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO E INDUSTRIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRI/3512/2006, de 26 de octubre, por la que se desarrolla el procedimiento de concesión de subvenciones para entidades que organicen proyectos transnacionales de movilidad para la calificación profesional de jóvenes y se abre convocatoria para la presentación de solicitudes de subvención para el 2006.

En fecha 15 de junio de 2005 se publicó la Orden TRI/267/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las acciones de observación, análisis e innovación ocupacional (DOGC núm. 4406, de 15.6.2005).

De acuerdo con esta Orden es necesario explorar nuevas alternativas y ensayar fórmulas innovadoras en los campos en que el Servicio de Ocupación de Cataluña ejerce sus funciones para la consecución de sus objetivos y finalidades, entre los que se encuentra la realización de actuaciones que faciliten a los jóvenes trabajadores la mejora de su currículo profesional, el aprendizaje de lenguas extranjeras, la autonomía personal y la adaptación a un entorno productivo cambiante.

El Servicio de Ocupación de Cataluña, con esta línea de subvención destinada a entidades que organicen proyectos transnacionales de movilidad para la calificación profesional de jóvenes, realiza una propuesta experimental e innovadora que supone una mayor agilidad administrativa de la tramitación y justificación de las actuaciones.

La Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo (BOE núm. 301, de 17.12.2003), dispone la necesidad de desarrollar una buena coordinación entre políticas de empleo dentro las orientaciones generales de la política económica y en el marco de la estrategia coordinada para el empleo regulada por el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

El nuevo objetivo estratégico, incorporado a la Estrategia Europea para el Empleo a la cumbre de Lisboa de 2000, es la total ocupación mediante un sistema de educación y formación permanente que garantice la transición hacia una economía y una sociedad basada en el conocimiento.

Considerando que la Comisión Europea declaró el año 2006 Año de la movilidad de los trabajadores;

Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

Visto lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 3791A y 4292, respectivamente);

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y de creación del Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002);

Vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005);

Considerando que las ayudas de esta convocatoria tienen cofinanciación del Fondo Social Europeo y se les aplica el Reglamento (CE) núm. 1784/1999, de 12 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo (DOCE L213/5, de 13.8.1999), relativo al Fondo Social Europeo; el Reglamento (CE) núm. 1159/2000, de 30 de mayo, de la Comisión (DOCE L130/30, de 31.5.2000), sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los estados miembros en relación con las intervenciones de los fondos estructurales; el Reglamento (CE) núm. 438/2001, de 2 de marzo, de la Comisión (DOCE L63/21, de 3.3.2001), por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1260/1999, del Consejo, en relación con los sistemas de gestión y control de las ayudas otorgadas con cargo a los fondos estructurales; el Reglamento (CE) núm. 68/2001, de 12 de enero, de la Comisión (DOCE L 10/20, de 13.1.2001), relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación, y el Régimen de ayudas de estado para la formación profesional N/168/2003, aprobado por la Comisión el 15 de diciembre de 2003;

Vistos los informes del Servicio Jurídico del Servicio de Ocupación de Cataluña y de la Intervención Delegada, previa consulta al Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Objeto

1.1 Esta Resolución tiene por objeto desarrollar el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a entidades que organicen proyectos transnacionales de movilidad para la calificación profesional de jóvenes trabajadores y abrir la convocatoria de 2006 para la presentación de solicitudes de subvención.

1.2 Estos proyectos transnacionales de movilidad consistirán en la organización de estancias de prácticas en empresas en el extranjero para el perfeccionamiento profesional de jóvenes trabajadores de 18 a 30 años residentes en Cataluña por tal que adquieran experiencia profesional fuera de su entorno habitual, y a la vez conozcan y perfeccionen otra lengua.

1.3 La finalidad es facilitar la inserción al mundo laboral de los jóvenes, completar su itinerario formativo y mejorar sus competencias lingüísticas mediante la realización de estancias de prácticas en empresas en el extranjero.

Artículo 2

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria son:

La Orden TRI/267/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las acciones de observación, análisis e innovación ocupacional (DOGC núm. 4406, de 15.6.2005).

La Orden TRI/211/2005, de 27 de abril, por la que se regula el procedimiento común relativo a los otorgamientos de las subvenciones gestionadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 4384, de 13.5.2005).

La Orden TRI/210/2005, de 27 de abril, por la que se establece el régimen de justificación económica de las acciones integrantes de los diferentes programas para el desarrollo de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 4384, de 13.5.2005).

Artículo 3

Beneficiarios de los proyectos transnacionales de movilidad

Los beneficiarios de los proyectos transnacionales de movilidad son las personas residentes en Cataluña de 18 a 30 años demandantes de empleo no ocupados inscritos en el Servicio de Ocupación de Cataluña.

Artículo 4

Entidades beneficiarias de la subvención

4.1 Podrán acceder a las subvenciones previstas en esta Resolución aquellas entidades publicas o privadas que tengan constituida alguna red de movilidad transnacional, constituida o creada antes de la publicación de esta Resolución, que les permita organizar estancias de perfeccionamiento y calificación profesional en empresas en el extranjero para jóvenes residentes en Cataluña o que formen parte de alguna red de movilidad, con experiencia demostrada.

4.2 Las entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos que establece el artículo 3 de la Orden TRI/211/2005, de 27 de abril, por la que se regula el procedimiento común relativo a los otorgamientos de las subvenciones gestionadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña.

Artículo 5

Aplicación presupuestaria y financiación

5.1 El importe máximo correspondiente al otorgamiento de las subvenciones de esta convocatoria de subvención es de 350.789,00 euros del presupuesto...

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