ORDEN MAH/276/2006, de 24 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entes locales para promover acciones de sostenibilidad local.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAH/276/2006, de 24 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entes locales para promover acciones de sostenibilidad local.

La Estrategia catalana contra el cambio climático del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda prevé dar apoyo a los entes locales que dentro de su programa de actuación prevean acciones contra el cambio climático. La acción contra el cambio climático no responde a acciones aisladas, sino que debe responder a la política ambiental supramunicipal, a la formulación de políticas sostenibles y a la ejecución de actuaciones para la sostenibilidad.

El transporte es el sector que genera más emisiones de CO2. Las acciones destinadas a la movilidad sostenible que reducen estas emisiones son muy convenientes para la mejora efectiva del medio ambiente en todo el territorio. Pero este sector no es el único que influye en el cambio climático sino que es un tema transversal a todas las actividades que se realizan.

La integración de criterios de sostenibilidad en la acción local es la base fundamental para la mejora del medio ambiente en varias áreas territoriales de Cataluña.

La Ley 4/1991, de 22 de marzo, de creación del Departamento de Medio Ambiente, dispone que corresponde a este Departamento establecer, de acuerdo con las orientaciones del Gobierno, las directrices generales de la política de medio ambiente y el ejercicio de las competencias y las funciones en este ámbito.

Visto que, en cumplimiento de estas funciones, el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda está promoviendo la integración de la dimensión ambiental en todas las políticas que se desarrollan en Cataluña;

Considerando que el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, en su artículo 74 define, entre otras, como funciones de la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad, la de promover y difundir la utilización de energías renovables y las medidas de ahorro energético, velar por la coordinación de la acción pública de la Administración de la Generalidad y los entes locales de Cataluña en materia de promoción y educación ambiental, y promover la sensibilización y la educación ambiental en materia de movilidad sostenible;

Considerando los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entes locales para la financiación de acciones de sostenibilidad local, que constan en el anexo 1 de la presente Orden.

Disposición final

La presente Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 24 de mayo de 2006

Francesc Baltasar i Albesa

Consejero de Medio Ambiente y Vivienda

Anexo 1

Bases

.1 Objeto

El objeto de estas subvenciones es promover las acciones de sostenibilidad local siguientes:

a) Acciones de prevención del cambio climático.

b) Acciones para promover la movilidad sostenible.

c) Acciones de integración de políticas de sostenibilidad en la acción local.

.2 Destinatarios

Pueden concurrir a las subvenciones reguladas en estas bases los entes locales de Cataluña, ayuntamientos, consejos comarcales, consorcios y agrupaciones de municipios, así como agrupaciones de administraciones locales que tengan la voluntad de elaborar un plan o de ejecutar una actuación de las descritas en la base en los términos y con los requisitos y condiciones que establecen las presentes bases.

.3 Solicitudes

3.1 Las solicitudes, en el modelo de instancia normalizado, se deben dirigir a la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad, y se deben presentar en los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de Girona (c. Ultònia, 10-12, 3º, 17002 Girona), Tarragona (c. Cardenal Vidal i Barraquer, 12-14, 1º, 43005 Tarragona), Lleida (ronda Sant Martí, 2-6, 25006 Lleida), Les Terres de l'Ebre (c. Miquel Granell, 2, 43870 Amposta) y Barcelona (Travessera de Gràcia, 56-58, 6º, 08006 Barcelona) o en la sede central del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (av. Diagonal, 523-525, 08029 Barcelona), o por los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo...

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