ORDEN EDU/93/2007, de 11 de abril, por la que se adapta el currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDU/93/2007, de 11 de abril, por la que se adapta el currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios.

Mediante el Decreto 197/1997, de 30 de julio (DOGC núm. 2459, de 21.8.1997), se estableció el currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, de 2.000 horas de duración, que corresponde a la familia profesional de mantenimiento y servicios a la producción.

Habida cuenta de la necesidad de disponer de una formación adaptada al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios, para poder atender adecuadamente el interés del colectivo de alumnado que quiere alcanzar la competencia profesional asociada al mencionado perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios;

Puesto que la demanda de formación en el campo profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios se iba satisfaciendo con la impartición de cursos de formación ocupacional y que no había ningún centro en Cataluña de la especialidad de formación profesional de primer grado donde se impartiese ningún ciclo formativo relacionado con el mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios;

Puesto que la disposición adicional tercera del Decreto 197/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, establece que el consejero de Educación puede adaptar el currículo a las características singulares de colectivos de alumnado;

Por todo eso, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, de acuerdo con el informe del Consejo Escolar de Cataluña, y con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Esta Orden adapta el currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, de 2.000 horas de duración, al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios.

Artículo 2

2.1 La distribución horaria es la que se indica en el apartado 1 del anexo.

2.2 El perfil profesional es el que se indica en el apartado 2 del anexo.

2.3 Los objetivos generales del ciclo formativo son los que se establecen en el apartado 3.1 del anexo.

2.4 Los contenidos del currículo se estructuran en los créditos que se establecen en el apartado 3.2 del anexo.

2.5 Los objetivos terminales son los criterios que sirven de referencia para la evaluación.

Artículo 3

La relación de créditos en que se estructuran los módulos profesionales del currículo del ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, de 2.000 horas de duración, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios, se establece en el apartado 3.4 del anexo.

Artículo 4

Las especialidades exigidas al profesorado que imparte los créditos correspondientes a este ciclo formativo, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios, son los que se establecen en el apartado 4 del anexo.

Artículo 5

Están autorizados para impartir este ciclo formativo los centros privados de formación profesional que impartan las enseñanzas que se indican en el apartado 5 del anexo.

Artículo 6

Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o de correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 6.1 y 6.2 del anexo.

Artículo 7

Los alumnos que superen todos los créditos que componen el currículo adaptado por esta Orden, además de solicitar el título de técnico en instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, recibirán una certificación acreditativa del centro docente donde conste que han cursado y superado el ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, de 2.000 horas de duración, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de barcos de recreo y servicios portuarios, de acuerdo con el modelo que consta en el apartado 7.1 del anexo.

Los alumnos que no superen todos los créditos recibirán la certificación de los estudios cursados de acuerdo con el modelo que consta en el apartado 7.2 del anexo.

Barcelona, 11 de abril de 2007

Ernest Maragall i Mira

Consejero de Educación

Anexo

  1. Distribución horaria

    1.1 Duración del ciclo formativo: 2.000 horas.

    1.1.1 Formación en el centro educativo: 1.790 horas (créditos del 1 al 12 y del 14 al 21).

    1.1.2 Formación en centros de trabajo: 210 horas (crédito 13).

  2. Perfil profesional

    2.1 Competencia general.

    Es competencia general de este técnico realizar el mantenimiento y la reparación de maquinaria y equipo de barcos de recreo y servicios portuarios, en condiciones de calidad, de seguridad y dentro de los plazos requeridos.

    Realizar el montaje y la instalación de maquinaria y equipo industrial en los barcos de recreo y servicios portuarios, realizando el servicio técnico posventa en condiciones de calidad, seguridad y dentro de los plazos requeridos.

    2.2 Competencias profesionales.

    Las competencias y las actuaciones más relevantes que tiene que manifestar el profesional son:

    1. Montar y mantener maquinaria y equipo electromecánico:

  3. Montar y poner en condiciones de funcionamiento subconjuntos y conjuntos mecánicos, a partir de hojas de procesos, planos y especificaciones técnicas, garantizando las condiciones de calidad y seguridad establecidas.

  4. Construir e instalar circuitos neumáticos e hidráulicos, a partir de planos, normas y especificaciones técnicas necesarias, en condiciones de funcionamiento y seguridad adecuadas.

  5. Diagnosticar el estado, fallos o avería de los elementos del sistema mecánico, aplicando procedimientos establecidos.

  6. Diagnosticar el estado, fallos o avería de los elementos de los sistemas hidráulico y neumático, aplicando procedimientos establecidos.

  7. Realizar las operaciones de reparación por sustitución de piezas o elementos de los sistemas mecánico, hidráulico y neumático, estableciendo el proceso de desmontaje/montaje, utilizando manuales de instrucciones y planos, restableciendo las condiciones funcionales, con la calidad y seguridad requeridas.

  8. Obtener croquis de elementos mecánicos o de los circuitos neumáticos e hidráulicos, e información de sus características y especificaciones técnicas a partir de los datos recogidos del elemento o sistema deteriorado y de la documentación técnica disponible de la máquina para su reconstrucción o reparación.

  9. Realizar operaciones de trabajos de banco y de soldadura eléctrica para la reparación o reconstrucción de elementos mecánicos.

  10. Instalar y construir maquinaria y equipo electromecánico, a partir de los planos y especificaciones técnicas necesarias, en condiciones de funcionamiento y seguridad.

  11. Realizar fichas de mantenimiento preventivo, a partir de la documentación técnica de maquinaria y manuales de mantenimiento.

  12. Crear, mantener e intensificar relaciones de trabajo en el ámbito del mantenimiento industrial, resolviendo los conflictos interpersonales que se presenten y participando en la puesta en práctica de procedimientos de reclamaciones y disciplinarios.

  13. Actuar según el plan de seguridad e higiene de la empresa, llevando a cabo acciones preventivas, correctivas y de emergencia, aplicando las medidas establecidas y cumpliendo las normas y la legislación vigentes.

    1. Montar y mantener los sistemas eléctrico y electrónico:

  14. Montar e instalar equipos y circuitos eléctricos y electrónicos para barcos de recreo, maquinaria y equipo industrial, a partir de planos y especificaciones técnicas, en condiciones de funcionamiento y seguridad adecuadas.

  15. Realizar las operaciones de reparación por sustitución de elementos de los sistemas eléctrico y electrónico y de los circuitos eléctricos, estableciendo el proceso de desmontaje/montaje, de acuerdo con las instrucciones técnicas y procedimientos establecidos.

  16. Determinar, a su nivel, el estado de los elementos electrónicos de potencia, de mando, de adquisición de datos, unidades de mando y señalización eléctricos y electrónicos y de tratamiento de la información, realizando medidas y comprobaciones, utilizando instrucciones técnicas y procedimientos establecidos e informando de los resultados a su superior.

  17. Obtener croquis de los circuitos y de los elementos de los sistemas eléctricos y electrónicos, e información de sus características y especificaciones técnicas a partir de los datos recogidos de los propios sistemas y de la documentación técnica disponible de la máquina para su reconstrucción o reparación.

  18. Crear, mantener e intensificar relaciones de trabajo en el ámbito del mantenimiento industrial, resolviendo los conflictos interpersonales que se presenten y participando en la puesta en práctica de procedimientos de reclamaciones y disciplinarios.

  19. Actuar según el plan de seguridad e higiene de la empresa, llevando a cabo acciones preventivas, correctivas y de emergencia, aplicando las medidas establecidas y cumpliendo las normas y la legislación vigentes.

    1. Montar y mantener los componentes estructurales de los barcos de recreo:

  20. Montar e instalar componentes estructurales de madera, plásticos y de otros materiales compuestos, a partir de planos y especificaciones técnicas, en condiciones de funcionamiento y seguridad adecuadas.

  21. Realizar las operaciones de reparación por sustitución de elementos estructurales de madera, plásticos y de otros materiales compuestos, estableciendo el...

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