ORDEN ECF/462/2010, de 10 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de ahorro y eficiencia energética en régimen de concurrencia competitiva y en régimen reglado en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética, y se abre la convocatoria para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/462/2010, de 10 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de ahorro y eficiencia energética en régimen de concurrencia competitiva y en régimen reglado en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética, y se abre la convocatoria para el año 2010.

Antecedentes

El consumo de energía tiene repercusiones muy negativas en varios aspectos como la reducción progresiva de las reservas de recursos no renovables, el impacto ambiental de la mayoría de las fuentes energéticas o la destinación de recursos económicos a la explotación de materias primas y a otros ámbitos económicos de poco valor añadido.

El consumo ineficiente de la energía provoca un despilfarro de recursos, el aumento del déficit de la balanza comercial del país, la reducción de la competitividad de las empresas, el aumento de la inflación, etc.

Debe promoverse un sistema energético con una aportación de recursos renovables más importante, así como un uso más racional y eficiente de los recursos energéticos.

En el futuro inmediato, la energía será un producto cada vez más costoso. Solo mejorando de manera significativa la eficiencia energética y adoptando nuevos hábitos de consumo más racionales podremos hacer frente a ese horizonte. En este sentido, el apoyo a las inversiones en eficiencia energética debe ser una prioridad de la Administración pública.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN) del Departamento de Economía y Finanzas tiene asignada la ejecución de las actividades de la política energética de la Generalidad de Cataluña fijadas en el Plan de la energía de Cataluña 2006-2015 (PEC) y en su revisión llevada a cabo durante el año 2009.

La Estrategia de ahorro y eficiencia energética del PEC se coordina con la Estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012 (E4). Por ello, el 17 de abril de 2008 se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) del Gobierno español y el Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para la definición y la puesta en práctica en Cataluña de las actuaciones previstas en el Plan de acción 2008-2012 de la E4. En el Convenio se identifican varias actuaciones que, junto a otras específicas de la Estrategia del PEC, requieren el apoyo público para su implementación o extensión.

Vista la Ley 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2010, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones;

Visto el Acuerdo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña de fecha 7 de septiembre de 2010, que aprueba el expediente de gasto plurianual que da cobertura a esta convocatoria;

Visto el informe favorable de la Comisión de Cooperación Local de Cataluña de fecha 12 de marzo de 2010;

Visto el Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L 214, de 9.8.2008), en particular, los artículos 18, 19, 21 y 22 de la sección cuarta en la que se recogen las ayudas para la protección del medio ambiente; los artículos 4 y 15 del Reglamento (CE) núm. 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 70/2001 (DOUE L 358, de 16.12.2006); el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE L 379, de 28.12.2006); el Reglamento (CE) núm. 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector de la producción de productos agrícolas (DOUE L 337, de 21.12.2007, pág. 35), y las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente (2008/C 82/01);

Visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas, a propuesta del Instituto Catalán de Energía, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen reglado, la realización de actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y abrir la convocatoria para el año 2010.

Artículo 2

Convocatorias

2.1 En función de las disponibilidades presupuestarias y por Orden del consejero de Economía y Finanzas, se publica en el DOGC la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta Orden, que contendrá las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación.

2.2 En el supuesto de que, una vez resuelta la convocatoria, se haya agotado el importe máximo destinado para este ejercicio a las acciones reguladas en esta Orden, y a medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones, se podrán asignar, mediante resolución de la directora del ICAEN, nuevos otorgamientos a los proyectos que no hubieran llegado a obtener subvención y que, cumpliendo los requisitos contenidos en esta Orden, mantuvieran una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados según el orden de preferencia establecido, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos que se establecen.

Artículo 3

Objeto de las ayudas, actuaciones subvencionables, cuantía de las ayudas y régimen de sujeción a la normativa comunitaria

3.1 Objeto de las ayudas.

Son objeto del otorgamiento de estas ayudas los proyectos y las actuaciones realizadas dentro del territorio catalán, que se puedan integrar en alguna de las líneas de actuación siguientes:

  1. AC-1 Inversiones en tecnologías de mejora de la eficiencia energética en explotaciones agrarias (agricultura concursal 1).

  2. AR-1 Auditorías energéticas en explotaciones agrarias (agricultura reglada 1).

  3. CC-1 Cogeneraciones en el sector no industrial (cogeneración concursal 1).

  4. CC-2 Microcogeneraciones hasta 150kwe (cogeneración concursal 2).

  5. CR-1 Auditorías energéticas y estudios de viabilidad en plantas de cogeneración (cogeneración reglada 1).

  6. EC-1 Mejora de la eficiencia energética del equipamiento específico del sector terciario (edificios concursal 1).

  7. ER-1 Auditorías energéticas de edificios, de alumbrado exterior y servicios no industriales existentes (edificios reglada 1).

  8. ER-2 Calificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción y rehabilitaciones importantes (edificios reglada 2).

  9. ER-3 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado interior de edificios públicos y privados existentes (edificios reglada 3).

  10. ER-4 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes (edificios reglada 4).

  11. ER-5 Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes de uso diferente al de vivienda (edificios reglada 5).

  12. ER-6 Construcción de nuevos edificios con alta calificación de eficiencia energética (edificios reglada 6).

  13. ER-7 Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de ascensores existentes en edificios (edificios reglada 7).

  14. IC-1 Inversiones o renovación en tecnologías energéticamente eficientes en la industria (industria concursal 1).

  15. IR-1 Auditorías energéticas en la industria (industria reglada 1).

  16. IR-2 Implantación de la norma EN-16.001 de sistemas de gestión energética (industria reglada 2).

  17. PC-1 Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento, depuración de aguas residuales y desalinización (servicios públicos concursal 1).

  18. PR-1 Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado exterior existente y de fachadas de edificios (servicios públicos reglada 1).

  19. SC-1 Inversiones o renovación en redes urbanas de calor y frío (servicios energéticos concursal 1).

  20. SR-1 Estudios y elaboración de documentación técnica y legal para la externalización de la propiedad o la gestión de instalaciones energéticas hacia empresas de servicios energéticos (servicios energéticos reglada 1).

  21. TC-1 Elaboración de planes de movilidad urbana (PMU) energéticamente eficientes (transporte concursal 1).

  22. TC-2 Estudios de viabilidad y actuaciones piloto en el marco de los planes de movilidad urbano (PMU) y planes de desplazamiento de empresa (PDE) (transporte concursal 2).

  23. TC-3 Experiencias piloto en planes de movilidad del vehículo eléctrico (transporte concursal 3).

  24. TC-4 Estaciones de recarga eléctrica para vehículos...

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