EDICTO de 4 de julio de 2011, por el que se notifican laudos.

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EmisorAgencia Catalana del Consumo
Rango de LeyEdicto

EDICTO

de 4 de julio de 2011, por el que se notifican laudos.

El Colegio Arbitral de la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña ha dictado laudo en los expedientes arbitrales que se detallan, en extracto, en el anexo de este Edicto. Se ha intentado su notificación, pero no se ha podido practicar.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), se comunica a las personas interesadas que, para que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de los mencionados laudos, pueden comparecer en las dependencias de la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña (c. Pamplona, 113, 08018 Barcelona), en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación de este Edicto en el DOGC.

Contra estos laudos, las personas interesadas pueden interponer el tipo de recurso que se especifica en el anexo, en cada caso.

Barcelona, 4 de julio de 2011

Isabel Garriga Braut

Secretaria de la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña

Anexo

Laudo núm.: 7453/09.

Persona interesada: Geovanny Guadamud González.

Escrito que se puede interponer: acción de anulación en los casos previstos en el artículo 41 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, ante la audiencia provincial del lugar donde se ha dictado el laudo, o recurso de revisión, según el artículo 43 de la misma Ley, de conformidad con la legislación procesal para las sentencias judiciales.

Laudo núm.: 7877/09.

Persona interesada: Griselda Mujal Mora.

Escrito que se puede interponer: acción de anulación en los casos previstos en el artículo 41 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre,...

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