RESOLUCIÓN ICT/2154/2002, de 16 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Económicos de la Generalidad de Cataluña de 4 de junio de 2002, por el que se faculta al consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña a suscribir una adenda a un acuerdo con la Cámara Oficial de ...
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN
ICT/2154/2002, de 16 de julio, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Económicos de la Generalidad de Cataluña de 4 de junio de 2002, por el que se faculta al consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña a suscribir una adenda a un acuerdo con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.
Dado que en fecha 4 de junio de 2002 la Comisión de Gobierno para Asuntos Económicos de la Generalidad de Cataluña acordó facultar al consejero de Industria, Comercio y Turismo para suscribir un acuerdo con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.
Resuelvo:
Dar publicidad al Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Económicos de la Generalidad de Cataluña de 4 de junio de 2002, que figura en el anexo de esta Resolución.
Barcelona, 16 de julio de 2002
Antoni Subirà i Claus
Consejero de Industria, Comercio y Turismo
ACUERDO
de 4 de junio de 2002, de la Comisión de Gobierno para Asuntos Económicos de la Generalidad de Cataluña, por el que se faculta al consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña para suscribir una adenda a un acuerdo con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.
Mediante el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 17 de abril de 2001, se facultó al consejero de Industria, Comercio y Turismo para suscribir un acuerdo expreso de encargo de gestión con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona, por el que se encargaba a la corporación mencionada la gestión de servicios de información y tramitación relativos a actividades empresariales correspondientes al ámbito competencial de la OGU.
El acuerdo mencionado se suscribió el día 23 de mayo de 2001 y se le dio publicidad mediante la Resolución de 10 de julio de 2001.
En el apartado décimo del acuerdo se prevé, por mutuo acuerdo o a iniciativa de alguna de las partes, una revisión extraordinaria que confirme o reformule los compromisos adoptados en relación a la dedicación de recursos humanos y materiales derivada del cumplimiento del acuerdo.
Dado que la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona ha solicitado esta revisión extraordinaria para la gestión que lleva a término y que de mutuo acuerdo se han fijado las bases para la estimación anual de las cantidades que con carácter compensatorio tiene que percibir la Cámara, a propuesta del consejero de Industria...
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