DECRETO 135/2014, de 7 de octubre, de las distinciones otorgadas por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyDecreto

El artículo 164.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña dispone que corresponde a la Generalidad, en materia de seguridad pública, la planificación y regulación del sistema de seguridad.

La Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, dispone que el Instituto es la entidad autónoma de carácter administrativo, adscrita al departamento competente en materia de seguridad pública, que tiene el objetivo de integrar en un único centro la formación integral, el apoyo a la selección y el desarrollo profesional de los diversos colectivos del sistema de seguridad, siempre en colaboración con las organizaciones de las que forman parte.

Mediante el Decreto 52/2012, de 22 de mayo, se reestructura la organización del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

El Instituto de Seguridad Pública de Cataluña tiene como finalidad formar a las personas miembros de los servicios de seguridad públicos o privados, de prevención y extinción de incendios y de salvamentos, de emergencias, de protección civil y de vigilancia, control y protección ambientales, y promover el estudio y la investigación en el ámbito de la seguridad. Asimismo, también tiene que promover la cooperación con otras instituciones y entidades para cumplir mejor las funciones que tiene atribuidas.

Los resultados satisfactorios de esta formación son en buena parte gracias al trabajo, la dedicación y el interés de las personas profesionales que se dedican a esta tarea, a la vez que el estudio y la investigación en el ámbito de la seguridad contribuyen eficazmente en el desarrollo y la mejora de estas funciones. Por todo ello, es voluntad del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña reconocer, con la concesión de distinciones en estos ámbitos, los merecimientos especiales, cualidades y circunstancias de personas o entidades que se distinguen por su colaboración con el Instituto en el cumplimiento de las funciones de formación y también en la investigación científica en el ámbito de la seguridad.

De acuerdo con estas previsiones, el presente Decreto tiene por objeto establecer la regulación de las mencionadas distinciones, que tienen carácter exclusivamente honorífico.

Visto el informe del Consejo de Dirección del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña;

De acuerdo con lo que se ha expuesto, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del consejero de Interior y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto

Este Decreto tiene por objeto crear y establecer las distinciones del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña dirigidas a reconocer especiales merecimientos...

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