ORDEN TIC/385/2003, de 21 de agosto, por la que se establecen normas dirigidas a mejorar la información al consumidor en determinados contratos.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/385/2003, de 21 de agosto, por la que se establecen normas dirigidas a mejorar la información al consumidor en determinados contratos.

Entre los derechos e intereses de los consumidores, protegidos por la Ley 3/1993, de 5 de marzo, del estatuto del consumidor, se encuentran los intereses económicos y la información y la educación en materia de consumo.

Con la finalidad de proteger estos derechos, la ley establece que la Generalidad de Cataluña tiene que velar para que, de acuerdo con la normativa vigente, los consumidores puedan recibir una información suficiente y fácilmente accesible que permita utilizar satisfactoriamente los productos y servicios puestos a su disposición en el mercado.

Asimismo, los consumidores tienen que recibir la información legalmente establecida, que les tiene que permitir conocer y utilizar con seguridad y satisfactoriamente los servicios y disponer de información suficiente y fácilmente accesible sobre precios, tarifas y condiciones de venta.

Por otro lado, la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, establece que la redacción de las cláusulas generales de los contratos se ajustarán a criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez. Se entiende que una cláusula es condición general de un contrato cuando se incorpora a una pluralidad de contratos exclusivamente por una de las partes.

Según dicha Ley no se consideran incorporadas a los contratos aquellas cláusulas en las que la parte que se adhiere no tenga forma real de conocer de manera completa en el momento de la celebración del contrato. Tampoco forman parte de los contratos aquellas cláusulas que sean ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles.

Con el fin de conseguir un grado más elevado de protección, se cree necesario dar al consumidor la posibilidad de obtener la información contenida en los contratos con unas características tipográficas que permitan una lectura fácil y cómoda de toda esta información para una mejor comprensión de las condiciones de los contratos que le está ofreciendo.

Esta posibilidad se considera especialmente necesaria, al menos en un primer momento, en los contratos de seguros y en los contratos de productos y servicios financieros, teniendo en cuenta la complejidad y la importancia que desde el punto de vista económico tienen para los consumidores y usuarios estos actos de...

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