ORDEN PRE/25/2010, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de dinamización económica dentro del marco del Plan de iniciativas de dinamización comarcal (2008-2010), y se regula su tramitación telemática. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5562, pág. 7502, de 8.2.2010).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN a.link { text-decoration: none; color: #006699; font-size: 11px; font-family: Arial; font:bold}a.link:hover { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 11px;font-family: Arial;}a.document { text-decoration: none; color: #FFFFFF; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.document:hover { text-decoration: underline; color: #666666; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.text_document { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 12px; font-family: Arial; font:bold}a.text_document:visited {color: purple; text-decoration: underline;font-size:12px;font-family: Arial; font:bold}DIV.cap { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 22px; font-family: Arial; font:bold}DIV.titol { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 15px; font-family: Arial; font:bold}DIV.sumari { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.departament { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.text_document { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 12px; font-family: Arial;} Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DOGC núm. 5555 - 28/01/2010 var now = new Date(); var i=0;i = NumDiari.indexOf('5555');if (i>=0) {document.write(" Imagen del documento en formato PDF ");} [ Sumario || Índice del sumario || Diarios Oficiales disponibles || Inicio ] DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA ORDEN PRE/25/2010, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de dinamización económica dentro del marco del Plan de iniciativas de dinamización comarcal (2008-2010), y se regula su tramitación telemática. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5562, pág. 7502, de 8.2.2010).. (Pág. 5101) ORDEN

PRE/25/2010, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de dinamización económica dentro del marco del Plan de iniciativas de dinamización comarcal (2008-2010), y se regula su tramitación telemática. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5562, pág. 7502, de 8.2.2010).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con lo que establece el Plan de Gobierno 2007-2010, en el que se hace constar la voluntad de favorecer la vertebración del territorio, compensar las desigualdades, y potenciar el desarrollo de las zonas con menos dinamismo económico o especialmente despobladas del territorio catalán, aprobó, por el Acuerdo de 22 de enero de 2008, el Plan de iniciativas de dinamización comarcal (IDC) para las cuatro comarcas de Cataluña con más necesidad de reactivación económica: L'Anoia, El Pallars Jussà, El Ripollès y La Terra Alta.

La Orden PRE/143/2008, de 8 de abril, aprobó las bases reguladoras para la concesión de ayudas para actuaciones de dinamización económica, que se enmarcaba en el plan específico de fomento de la actividad económica de las comarcas mencionadas, y que fueron substituidas por unas nuevas bases aprobadas por la Orden PRE/52/2009, de 19 de febrero, que resultaron de aplicación a las ayudas tramitadas al amparo de la convocatoria del año 2009, y que, esencialmente, posibilitaron la tramitación electrónica de los expedientes de las ayudas dirigidas al mundo local.

Ahora, el Acuerdo del Gobierno de modificación del Acuerdo del Gobierno de 22 de enero de 2008, para el desarrollo del Plan de iniciativas de dinamización comarcal (IDC), y del Acuerdo de 11 de marzo de 2008, por el que se aprueba la creación de una línea de ayudas para el desarrollo del mismo Plan para el periodo 2008-2010 amplía, en lo referente a la convocatoria de ayudas correspondiente al ejercicio 2010, el ámbito geográfico de actuación del Plan incluyendo tres nuevas comarcas entre las destinatarias de la línea de ayudas derivada del IDC: El Baix Ebre, El Montsià y La Ribera d'Ebre, al mismo tiempo que reduce la duración de los plazos de carencia de amortización de los préstamos reembolsables que se formalicen al amparo de la misma convocatoria. Por tanto, es necesario aprobar unas nuevas bases de las ayudas mencionadas.

Por otro lado, la concesión de las ayudas tramitadas con sujeción a estas nuevas bases reguladoras se consideran otorgadas de acuerdo con las condiciones fijadas por la Comunicación de la Comisión Europea relativa al Marco temporal aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera (DOUE C16, de 22.1.2009), régimen normativo excepcional y de carácter temporal que, en esta Orden, viene a substituir la aplicación del Reglamento (CE) 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DOUE L 379, de 28.12.2006), al que se acogían las ayudas mencionadas con sujeción a las anteriores bases aprobadas por la Orden PRE/143/2008 y por la Orden PRE/52/2009, ya citadas.

Con estas nuevas bases, el Departamento de la Presidencia posibilita también que las empresas o entidades privadas puedan optar por la presentación telemática de las solicitudes, a través de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalidad de Cataluña.

Visto lo que disponen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Decreto 56/2009, de 7 de abril, para el impulso y el desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalidad;

De acuerdo con los informes previos del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las atribuciones que me son conferidas por la legislación vigente, en especial por el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que deben regir la concesión de ayudas para actuaciones de dinamización económica, para la convocatoria correspondiente al ejercicio anual 2010, dentro del marco del Plan de iniciativas de dinamización comarcal (2008-2010).

Las ayudas concedidas de acuerdo con esta Orden están sujetas al punto 4.2 (cantidades limitadas de ayuda compatible) de la Comunicación de la Comisión Europea relativa al Marco temporal aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera (DOUE C 16, de 22.1.2009), cuya aplicación en el Estado español fue aprobada mediante la Decisión (CE) núm. 307/2009, de 8.6.2009. Esta comunicación tiene carácter excepcional y transitorio, y no será aplicada después del 31.12.2010, salvo que la Comisión Europea modifique el plazo de vigencia.

1.2 El procedimiento de participación en la convocatoria pública para la concesión de estas ayudas, cuando las personas solicitantes sean entes locales o entidades o empresas adscritas o vinculadas a estos entes, se tramitará, preferentemente, por medios telemáticos, de acuerdo con lo previsto por el anexo 1 de esta Orden.

1.3 La presentación de solicitudes en la convocatoria pública para la concesión de estas ayudas, cuando las personas solicitantes sean empresas privadas, asociaciones de empresas privadas e instituciones privadas sin finalidad de lucro, se tramitará, preferentemente, por medios telemáticos, de acuerdo con lo que prevé el anexo 2 de esta Orden. El resto de procedimiento se tramitará de manera no telemática.

Artículo 2

Régimen jurídico

Esta Orden se dicta de conformidad con lo previsto por el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A de 28.12.2006), los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 176, de 25.7.2006), la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 3

Convocatorias

Por Resolución de la persona titular del Departamento de la Presidencia, se publicará en el DOGC una convocatoria anual, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias, que indicará, entre otros aspectos exigidos por la normativa vigente, la cuantía económica máxima destinada a financiar las subvenciones y créditos reembolsables de los que pueden beneficiarse las iniciativas que reúnan las características previstas en esta Orden, así como la aplicación presupuestaria a la que debe imputarse, para el desarrollo del Plan de iniciativas de dinamización comarcal 2008-2010.

Artículo 4

Ámbito temporal

El ámbito temporal de las actuaciones que pueden acceder a las ayudas que prevé esta Orden es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010.

Artículo 5

Ámbito geográfico de aplicación

A los efectos de esta Orden, las actuaciones de dinamización económica deberán localizarse en alguna de las siete comarcas de Cataluña marcadas en el Plan de iniciativas de dinamización comarcal (IDC) como zonas con más necesidad de reactivación económica: L'Anoia, El Baix Ebre, El Montsià, El Pallars...

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