DECRETO 242/1998, de 22 de septiembre, por el que se dispone la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña en ecus por un importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyDecreto

DECRETO

242/1998, de 22 de septiembre, por el que se dispone la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña en ecus por un importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas.

La Ley 16/1997, de 24 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 1998, en su artículo 37 autoriza al Gobierno para que a propuesta del consejero de Economía y Finanzas, emita o contraiga deuda pública, o haga uso del endeudamiento en cualquier modalidad, tanto en el interior como en el exterior, hasta un importe máximo de 70.498.000.000 pesetas así como para que modifique, refinancie y sustituya operaciones de endeudamiento, instrumentadas en cualquiera de las modalidades que se enumeran en el artículo 16 del Decreto legislativo 9/1994 a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, para obtener, entre otros, un coste menor de la carga financiera, o bien dotar de mayor liquidez las emisiones en circulación o posibilitar la emisión de nuevos tipos de activos más adecuados a las condiciones de mercado.

En base a esta autorización, el Gobierno considera oportuno el lanzamiento de emisiones de deuda denominadas en ecus ante el inminente inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria, con la introducción del euro, que ha de comportar un abanico de negociación más amplio y mayor diversidad de inversores interesados en los valores.

La emisión en ecus y su posterior transformación automática en euros ha de permitir mecanismos de consolidación y fungibilidad con otras emisiones de similares características cuando a partir del inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria se produzca necesariamente redenominada en euros.

Por todo lo anterior, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Se acuerda la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña a largo plazo representada en anotaciones en cuenta y denominadas en ecus, por importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas, destinada a la refinanciación de operaciones de endeudamiento preexistentes en cualquiera de sus modalidades, tal como prevé el punto 2 del artículo 37 de la Ley 16/1997, de presupuestos de la Generalidad para 1998, y que serán denominadas obligaciones de la Generalidad en ecus-euros.

Artículo 2

Las condiciones de la emisión serán las siguientes:

Tipo de interés: fijo, a...

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