DECRETO 242/1998, de 22 de septiembre, por el que se dispone la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña en ecus por un importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO
242/1998, de 22 de septiembre, por el que se dispone la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña en ecus por un importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas.
La Ley 16/1997, de 24 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 1998, en su artículo 37 autoriza al Gobierno para que a propuesta del consejero de Economía y Finanzas, emita o contraiga deuda pública, o haga uso del endeudamiento en cualquier modalidad, tanto en el interior como en el exterior, hasta un importe máximo de 70.498.000.000 pesetas así como para que modifique, refinancie y sustituya operaciones de endeudamiento, instrumentadas en cualquiera de las modalidades que se enumeran en el artículo 16 del Decreto legislativo 9/1994 a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, para obtener, entre otros, un coste menor de la carga financiera, o bien dotar de mayor liquidez las emisiones en circulación o posibilitar la emisión de nuevos tipos de activos más adecuados a las condiciones de mercado.
En base a esta autorización, el Gobierno considera oportuno el lanzamiento de emisiones de deuda denominadas en ecus ante el inminente inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria, con la introducción del euro, que ha de comportar un abanico de negociación más amplio y mayor diversidad de inversores interesados en los valores.
La emisión en ecus y su posterior transformación automática en euros ha de permitir mecanismos de consolidación y fungibilidad con otras emisiones de similares características cuando a partir del inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria se produzca necesariamente redenominada en euros.
Por todo lo anterior, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Se acuerda la emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña a largo plazo representada en anotaciones en cuenta y denominadas en ecus, por importe máximo equivalente de 35.000.000.000 de pesetas, destinada a la refinanciación de operaciones de endeudamiento preexistentes en cualquiera de sus modalidades, tal como prevé el punto 2 del artículo 37 de la Ley 16/1997, de presupuestos de la Generalidad para 1998, y que serán denominadas obligaciones de la Generalidad en ecus-euros.
Las condiciones de la emisión serán las siguientes:
Tipo de interés: fijo, a...
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