ORDEN IRP/294/2008, de 10 de junio, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/294/2008, de 10 de junio, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación.

De acuerdo con lo que establece el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, y el artículo 79 del Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento de la Ley de contratos de las administraciones públicas;

Visto el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, el cual se estructura en las unidades directivas siguientes: Secretaría General, Secretaría de Seguridad y Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación;

A propuesta del secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación;

De conformidad con el artículo 12.d) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único
  1. La Mesa de Contratación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, asiste al órgano de contratación y es el órgano competente para la valoración de las ofertas, en los términos que prevé la normativa sobre contratos del sector público.

  2. Queda excluida del ámbito de aplicación de esta Orden, la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación y las unidades directivas que dependen de ella.

    3.1 La Mesa de Contratación del Departamento está integrada, con carácter permanente, por los miembros siguientes:

    Presidente/a: director/a de Servicios.

    Vicepresidente/a: subdirector/a general de Gestión Económica y Contratación, el/la cual asumirá la presidencia en caso de ausencia del presidente/a.

    Vocales:

    El/La jefe/a del Servicio de Contratación y Patrimonio.

    Un/a representante de la unidad administrativa que propone el contrato.

    Una persona licenciada en derecho adscrita a la Asesoría Jurídica del Departamento.

    Un/a representante de la Intervención Delegada.

    Secretario/a: el/la jefe/a de la Sección de Contratación.

    3.2 También se integrará como vocal un representante del Área de Compras y Logística, cuando se trate de contrataciones o asuntos que afecten a su unidad.

  3. En caso de ausencia, vacante o enfermedad regirán las normas de sustitución de los órganos colegiados que se recogen en el capítulo VI del título I de la Ley 13/1989, de...

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