ORDEN GRI/365/2012, de 12 de noviembre, por la que se modifica la Orden GRI/5/2012, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos, actividades, estudios y publicaciones destinados a fomentar la relación entre las entidades religiosas y la sociedad catalana, y se amplía el plazo para justificar las subvenciones.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

En fecha 30 de enero de 2012 se publicó en el DOGC núm. 6055 la Orden GRI/5/2012, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos, actividades, estudios y publicaciones destinados a fomentar la relación entre las entidades religiosas y la sociedad catalana, y en la actualidad se hace necesario modificar el artículo 3 y ampliar el plazo de justificación previsto en la base reguladora 10 de esta Orden en relación con la convocatoria de subvenciones vigente.

La base reguladora 10 de la Orden GRI/5/2012, de 19 de enero, establece el plazo y la forma de justificación de las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden, y prevé que las entidades beneficiarias deben justificar ante la Dirección General de Asuntos Religiosos la realización efectiva de la actividad subvencionada antes del 20 de noviembre del año correspondiente a la convocatoria.

Durante la tramitación de las solicitudes de subvenciones presentadas en la convocatoria correspondiente al año 2012 se ha constatado que, para este ejercicio, el plazo indicado para aportar la documentación justificativa de las subvenciones es insuficiente.

El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, prevé la posibilidad de conceder, de oficio o a petición de las personas interesadas, una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de éstos.

Por tanto, de acuerdo con lo que prevén el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,

Ordeno:

—1 Modificar el artículo 3 de la Orden GRI/5/2012, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos, actividades, estudios y publicaciones destinados a fomentar la relación entre las entidades religiosas y la sociedad catalana, que queda redactado de la siguiente manera:

La dotación máxima de esta convocatoria es de 985.714,29 € y su financiación se distribuye de la siguiente forma: 690.000 euros con cargo a las partidas D/481000100 y D/482000100 del presupuesto de la Generalidad para 2012 y 295.714,29 euros con cargo al...

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