RESOLUCIÓN TRI/981/2005, de 22 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de director/a de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria en Girona, adscrito a la Secretaría General (convocatoria de provisión núm. TI/05/05).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRI/981/2005, de 22 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de director/a de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria en Girona, adscrito a la Secretaría General (convocatoria de provisión núm. TI/05/05).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Considerando que está vacante el puesto de director/a de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria en Girona, adscrito a la Secretaría General del Departamento de Trabajo e Industria;

Considerando la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar, por el sistema de libre designación, el puesto de director/a de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria en Girona, adscrito a la Secretaría General del Departamento de Trabajo e Industria, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 22 de marzo de 2005

P. D. (Orden de 6.11.2002, DOGC núm. 3758)

Antoni Fernández Pérez

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de director/a de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria, adscrito a la Secretaría General del Departamento de Trabajo e Industria, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas...

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