ORDEN JUS/298/2014, de 18 de septiembre, por la que se convocan diez becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

Al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada le corresponde, de acuerdo con la Ley 18/1990, de 15 de noviembre, de creación del Centro, modificada por la Ley 8/2000, de 19 de junio, la organización de actividades formativas especializadas del personal al servicio del Departamento de Justicia, la organización de programas que tiendan a fomentar y facilitar el acceso de los juristas y de los licenciados en derecho de Cataluña a las carreras judicial y fiscal y a otras profesiones jurídicas, y la elaboración de investigaciones especializadas en los ámbitos que son competencia del Departamento de Justicia.

Igualmente, para el desarrollo de esas competencias básicas es imprescindible un buen funcionamiento de la gestión pública y el soporte documental que ofrece la biblioteca del Centro.

Visto que el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada quiere facilitar la colaboración de estudiantes universitarios en el desarrollo de estas funciones para que la experiencia que alcancen enriquezca su formación académica y para permitir el conocimiento práctico de la organización y de la actividad de la Administración pública a las personas que se encuentran en fase de formación técnica y que se incorporarán próximamente al mundo profesional;

De conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo 9 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, que regula el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

–1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de diez becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2015, que figuran en el anexo 2 de esta Orden.

Esta convocatoria tiene cuatro modalidades: A) becas de colaboración en la formación en materias propias del Centro, con un total de 5 becas convocadas; B) becas de colaboración en las investigaciones del ámbito social y criminológico, con un total de 3 becas convocadas; C) 1 beca de colaboración en gestión económica y administrativa, y D) 1 beca de colaboración en biblioteconomía y catalogación para la biblioteca del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

–2 Apertura de la convocatoria

Abrir la convocatoria pública para la concesión de estas becas para el ejercicio 2015.

–3 Dotación presupuestaria

El importe global máximo de las becas a otorgar es de 66.050 euros con cargo a la partida D/480000100/2150/0000 del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia para el año 2015.

El otorgamiento de las becas está condicionado a que en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio del año 2015 haya crédito suficiente en la aplicación presupuestaria correspondiente.

–4 Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación del formulario de solicitud y de la documentación necesaria es de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

–5 Órganos competentes para la tramitación y resolución

El órgano instructor será la jefa del Área de Gestión Administrativa y Soporte Técnico y los responsables de investigación del Centro.

El órgano resolutorio del procedimiento es el director del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

Los aspirantes son seleccionados por una Comisión de Selección nombrada por el director del Centro de Estudios Jurídicos y Formación especializada y presidida por la jefa del Área de Investigación y Formación Social y Criminológica, que contará con la jefa del Área de Estudios y Formación de la Administración de justicia y el jefe de Formación Directiva y Nuevos Programas del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o las personas en las que deleguen.

La Comisión de Selección evaluará a los candidatos en dos fases de acuerdo con lo previsto en la base 8 de la convocatoria y elaborará un informe de valoración que elevará al órgano instructor para que formule la correspondiente propuesta de resolución.

–6 Resolución y notificación

La resolución y notificación de la concesión de las subvenciones se efectuará en el plazo máximo de 45 días hábiles a contar desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

De acuerdo con el artículo 25.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes.

De acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, el sentido del silencio en el caso de vencimiento del plazo sin que se haya notificado la resolución expresa tendrá carácter desestimatorio.

La resolución del procedimiento de concesión de estas becas será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , así como en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html ) y en la web del Centro ( www.gencat.cat/justicia/cejfe ). Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

La resolución de concesión o denegación de las becas no agota la vía administrativa, y contra ella las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , en los términos que establecen los artículos 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

–7 Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Contra esta Orden y las bases de su anexo, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , en los términos que establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar, igualmente, el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , de conformidad con los artículos 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o cualquier otro recurso que se considere procedente.

Barcelona, 18 de septiembre de 2014

P. d. (Resolución JUS/498/2013, de 8.3.2013, DOGC de 13.3.2013)

Enric Colet

Secretario general

Anexo 1

–1 Objeto

1.1 El objeto de estas bases es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de diez becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2015, que figuran en el anexo 2 de esta Orden.

1.2 Las becas de colaboración tienen por finalidad el aumento de la formación teórico-práctica y la preparación profesional de los estudiantes...

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