ORDEN ARP/97/2004, de 5 de abril, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre y su Consejo Regulador.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/97/2004, de 5 de abril, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre y su Consejo Regulador.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Costers del Segre ha propuesto al Instituto Catalán de la Viña y el Vino, la ampliación de la lista de variedades Vitis vinifera para producir uvas blancas aptas para elaborar vinos protegidos con la variedad llamada albariño.

La propuesta de ampliación del listado de variedades de Vitis vinifera viene fundamentada con los estudios técnicos, los trabajos culturales, las determinaciones analíticas y las catas organolépticas que ha realizado el Instituto Catalán de la Viña y el Vino desde el año 1983 hasta el 1990, y del año 2002 hasta la actualidad, que aconsejan aceptar esta propuesta de incorporación como variedad autorizada.

De acuerdo con lo que establecen el Reglamento CE 1493/1999, de 17 de marzo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola y de otros reglamentos que lo desarrollan; la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola; el Real decreto 1472/2000, de 4 de agosto, por el que es regula el potencial de producción vitivinícola; la Orden de 28 de mayo de 1986, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre y su Consejo Regulador (DOGC núm. 701, de 17.6.1986), y con las órdenes de 20 de enero de 1988, de 10 de mayo de 1988, de 19 de julio de 1991, de 20 de junio de 1995 y de 3 de diciembre de 1998, de modificación de este Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre.

Valorados los informes emitidos por los servicios técnicos del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se autoriza la inclusión de la variedad de Vitis vinifera productora de uva blanca llamada albariño, dentro de las autorizadas para elaborar vinos protegidos por la Denominación de Origen Costers del Segre.

Artículo 2

Se modifica el artículo 5.1 del Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre, que queda redactado de la forma siguiente:

"5.1 La elaboración de vinos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades recomendadas siguientes: macabaeo, xarel·lo, parellada, chardonnay, garnacha blanca, y las variedades autorizadas albariño, riesling y sauvignon blanco, para los vinos blancos. Variedades productoras de uvas...

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