DECRETO 74/2005, de 25 de abril, por el que se delegan determinadas competencias en el consejero primero del Gobierno de la Generalidad.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

74/2005, de 25 de abril, por el que se delegan determinadas competencias en el consejero primero del Gobierno de la Generalidad.

De conformidad con lo que disponen los artículos 5 y 6 de la Ley 1/2005, de 31 de marzo, del consejero o consejera primero del Gobierno de la Generalidad, y el artículo 64 de la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalidad,

Decreto:

Artículo único

Delegar en el consejero primero del Gobierno de la Generalidad, hasta el final de la actual legislatura, las competencias siguientes:

a) Coordinar el programa legislativo del Gobierno y la elaboración de disposiciones reglamentarias.

b) Coordinar la acción exterior del Gobierno.

Disposición final

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 25 de abril de 2005

Pasqual Maragall i Mira

Presidente de la Generalidad de Cataluña

(05.112.075)

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