DECRETO 22/2012, de 28 de febrero, por el que se regula la Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto de 17 de mayo de 1978 se crea la medalla de la Generalidad de Cataluña, para distinguir los méritos alcanzados en el incremento y difusión del patrimonio artístico y cultural de Cataluña.

A través del Decreto 315/2004, de 22 de junio, por el que se regula la Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña, se establece una nueva regulación de esta distinción con la denominación Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña, que deroga el Decreto de 17 de mayo de 1978.

Con posterioridad, el Decreto 315/2004, de 22 de junio, por el que se regula la Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña, se modifica mediante el Decreto 117/2009, de 28 de julio.

Desde la aprobación de los mencionados decretos, ha surgido la necesidad de establecer una nueva regulación que revisa el sistema que rige el otorgamiento de la Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña, modifica el acto de concesión y refunde la normativa que rige este galardón.

De acuerdo con la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, a propuesta de la persona titular del Departamento de la Presidencia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña

El objeto de este Decreto es regular el galardón denominado Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña, que es la máxima distinción honorífica que otorga el Gobierno de la Generalidad, con la finalidad de reconocer a las personas y colectivos que, con su aportación, hayan prestado servicios relevantes, destacados, eminentes o extraordinarios en Cataluña en los ámbitos político, social, económico, cultural o científico.

Artículo 2

Destinatarios

La Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña es una condecoración destinada a premiar a personas físicas, personas jurídicas o colectivos que, por sus actividades, se hayan hecho acreedores y dignos de este honor.

Artículo 3

Condiciones de la concesión

3.1 La Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña se otorga a título honorífico, sin que, consecuentemente, genere ningún derecho de contenido económico.

3.2 La distinción con la Medalla de Oro de la Generalidad de Cataluña necesita de la...

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