DECRETO 407/2011, de 15 de noviembre, de reestructuración de la Escuela de Administración Pública de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

407/2011, de 15 de noviembre, de reestructuración de la Escuela de Administración Pública de Cataluña.

Preámbulo

La Ley 4/1987, de 24 de marzo, reguladora de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, configuró la Escuela como un organismo autónomo con competencias específicas en materia de formación y selección del personal funcionario, y el Decreto 56/2005, de 5 de abril, de reestructuración de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, definió su estructura.

Esta estructura se ha mantenido muy estable en los últimos años, a pesar de los importantes acontecimientos que han afectado a la sociedad catalana y a sus estructuras administrativas. Este conjunto de cambios, vinculados con los procesos de globalización, de evolución demográfica y de nuevas formas de trabajo en red obligan a las administraciones públicas a trabajar en entornos complejos, y, en consecuencia, su personal tiene que estar formado y preparado para poder atender con eficiencia y calidad los servicios públicos en estos nuevos marcos.

Este nuevo contexto, pues, hace que la estructura actual de la Escuela de Administración Pública de Cataluña (EAPC) no se corresponda con la misión actualmente encomendada, ni tampoco con los retos que a lo largo de los años se han configurado como objetivos a alcanzar, como son la mejora continuada de la calidad, tanto en materia de selección y formación como en investigación, y el hecho de convertirse en un referente tanto nacional como internacional.

Así, con la finalidad de adecuar esta estructura, se suprime el Servicio de Formación Descentralizada y no Presencial y la Sección de Formación no Presencial, así como la Sección de Apoyo a la Selección, se crea una nueva unidad, la Subdirección General de Investigación y Gestión.

La Subdirección General de Investigación y Gestión tendrá como función principal impulsar la investigación en todas aquellas materias en que la Escuela de Administración Pública de Cataluña tiene competencias, con el objetivo de aportar conocimiento experto y propuestas de innovación que posibiliten la mejora del funcionamiento de los servicios públicos.

De acuerdo con el Decreto 326/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, la Escuela de Administración Pública de Cataluña queda adscrita al mencionado Departamento.

En consecuencia, a propuesta de la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales y vicepresidenta del Gobierno, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Funciones y estructura de la Escuela de Administración Pública de Cataluña

1.1 A la Escuela de Administración Pública de Cataluña, le corresponden las funciones que prevé su Ley de creación, la normativa de función pública y la de régimen local de Cataluña.

1.2 Depende de la dirección de la Escuela:

  1. La Subdirección General de Formación y Soporte a la Selección.

  2. La Subdirección General de Investigación y Gestión.

Artículo 2

Subdirección General de Formación y Apoyo a la Selección

2.1 A la Subdirección General de Formación y a Soporte a la Selección de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, le corresponden las funciones siguientes:

  1. Dirigir, planificar y controlar las actividades que tenga que ejercer la Escuela en materia de selección y de formación en todo el territorio de Cataluña.

  2. Dirigir y coordinar la colaboración, participación y asistencia técnica en los procesos de selección de la Administración local y de sus órganos de selección.

  3. Dirigir y coordinar la colaboración, participación y asistencia técnica en los procesos de selección de la Administración de la Generalidad de Cataluña de acuerdo con las competencias propias de la Escuela.

  4. Promover y dirigir las actuaciones necesarias para implementar y fomentar la calidad pedagógica de la formación.

  5. Dirigir la definición e implantación de la detección de necesidades formativas y diseñar y aplicar métodos de evaluación de actividades de formación en función de los objetivos y las estrategias de los diferentes planes de formación.

  6. Dirigir la formación continua a las administraciones públicas catalanas y las actividades formativas dirigidas a los mandos directivos y altos cargos de las administraciones públicas.

  7. Promover, coordinar y controlar la elaboración del plan de formación de la Escuela y de los departamentos de la Generalidad.

  8. Hacer el seguimiento e impulsar los medios técnicos para la gestión de los fondos de formación continua de las administraciones públicas catalanas.

  9. Coordinar las funciones de la Comisión Técnica de Responsables de Formación.

  10. Cualquier otra que le encomiende la dirección de la Escuela.

    2.2 La Subdirección General de Formación y Apoyo a la Selección se estructura en los órganos siguientes:

  11. El Servicio de Formación Continua y Apoyo a la Selección.

  12. El Servicio de Formación y Selección para la Administración Local.

Artículo 3

Servicio de Formación Continua y Apoyo a la Selección

3.1 Al Servicio de Formación Continua y Apoyo a la Selección le corresponden las funciones siguientes:

  1. Impulsar y planificar los instrumentos de coordinación de la formación...

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