DECRETO 9/2019, de 8 de enero, relativo a la recogida, el transporte, el acondicionamiento y la comercialización de caza silvestre destinada al consumo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de autonomía de Cataluña atribuye a la Generalitat competencias en materia de caza (artículo 119), salud pública (artículo 162.3 b) y en el ámbito de la agricultura y la ganadería y en materia de salud animal, trazabilidad y calidad agroalimentaria (artículo 116).

La caza forma parte de las actividades que se desarrollan en el mundo rural, y junto con la actividad agraria y forestal modulan, transforman y, a la vez, conservan este patrimonio natural.

En los últimos años, el censo de las poblaciones de las especies cinegéticas, sobre todo de caza mayor silvestre, está en expansión en el territorio catalán, lo que permite fomentar y promover la...

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