DECRETO 68/2015, de 5 de mayo, de derogación del Decreto 2/2012, de 3 de enero, por el que se regula el contrato global de explotación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyDecreto

El marco competencial en materia de agricultura, ganadería y pesca derivado del artículo 116, en concordancia con el artículo 110 del Estatuto de autonomía, atribuye a la Generalidad, en el ámbito de sus competencias exclusivas y de una forma íntegra, la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva mediante las cuales puede establecer políticas propias.

La Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria, en sus capítulos primero, tercero y sexto establece la conveniencia de suscribir contratos entre la Administración agraria y las explotaciones, con la adopción de un régimen jurídico de contratos de explotación, haciendo uso de los recursos disponibles de la Unión Europea, y del Estado, con el objetivo de fomentar las actividades respetuosas con el medio y promover modelos específicos de actividad agraria.

En este sentido se aprobó el Decreto 50/2007, de 27 de febrero, por el que se regula el contrato global de explotación, que fue posteriormente modificado por el Decreto 253/2007, de 20 de noviembre. Ambos, derogados por el Decreto 2/2012, de 3 de enero, por el que se regula el contrato global de explotación, con el objetivo de facilitar la competitividad y productividad en el ámbito económico, y aplicar la racionalización administrativa.

El nuevo período de programación 2014-2020 de la Política agraria común en desarrollo rural define un nuevo marco normativo con el que se conforma el PDR de Cataluña. El Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, diseñó el nuevo modelo de PDR. En consecuencia, el modelo de contrato global de explotación que integra las medidas del PDR que constituyen una contrapartida a determinadas actuaciones en el marco de una explotación agraria requiere adaptarse a la nueva estrategia de objetivos y prioridades.

La innovación jurídica que supone este nuevo marco normativo europeo incide intensamente sobre la materia hasta ahora regulada en el Decreto 2/2012, de 3 de enero, que requeriría una modificación importante de su articulado. Estas modificaciones, sin embargo, resultan susceptibles de contener en las bases reguladoras y las convocatorias de las ayudas correspondientes al desarrollo rural.

De...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR