DECRETO 323/2016, de 29 de noviembre, de modificación del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyDecreto

El artículo 150 del Estatuto de autonomía de Cataluña otorga a la Generalidad, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre la estructura, la regulación de los órganos y directivos públicos, el funcionamiento y la articulación territorial, y sobre las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.

Mediante el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, se ha adaptado la estructura del Departamento de acuerdo con el ámbito competencial establecido en el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Con el fin de completar adecuadamente esta adaptación, se considera necesario modificar el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, con la finalidad de subsanar varias incorrecciones, detallar determinadas funciones y suprimir otras en relación con determinadas unidades administrativas. Así, como modificaciones más significativas, destaca la relativa al artículo 121 del Decreto, que si bien define la estructura de la Dirección General de Familias, no recoge sus funciones en los mismos términos en que se regulan el resto de direcciones generales. Por otra parte, destaca la modificación del artículo 80, sobre el Servicio de Planificación y Coordinación de las Autorizaciones de Trabajo, del que se suprimen determinadas funciones.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno; la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de la consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Se modifica el artículo 60.1 del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 60

60.1 Al Servicio de Relaciones Laborales, en el caso de los servicios territoriales en Girona, Lleida y Tarragona, le corresponde, además de las funciones que establece el artículo 53, las funciones siguientes:”.

Artículo 2

Se modifica el artículo 68.1 del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 68

Servicio de Coordinación Territorial de Les Terres de l'Ebre

”68.1 Al Servicio de Coordinación Territorial de los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre le corresponde el ejercicio de las funciones en materia de coordinación, apoyo a la protección social, atención a las personas y atención a la infancia y la adolescencia que establecen los artículos 43, 46, 47 y 67 de este Decreto, así como las funciones siguientes correspondientes al ámbito sectorial de trabajo:”.

Artículo 3

Se modifica el artículo 70.1.f) del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 70

Dirección General de Relaciones Laborales y...

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