DECRETO 30/2018, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Justicia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 1/2018, de 19 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, ha modificado el ámbito competencial de varios departamentos de la Administración de la Generalidad y ha modificado la denominación de otros.

El Decreto 278/2016, de 2 de agosto, de reestructuración del Departamento de Justicia, fija la estructura del Departamento y determina las funciones de las unidades que lo configuran hasta nivel de sección.

El presente Decreto adapta la estructura del Departamento a las necesidades derivadas del nuevo ámbito competencial.

De conformidad con el artículo 23.4 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

A propuesta de la consejera de Justicia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Justicia, bajo la dirección de la persona titular del Departamento, se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia.

  3. La Dirección General de Servicios Penitenciarios.

  4. La Dirección General de Ejecución Penal en la Comunidad y de Justicia Juvenil.

  5. La Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas.

    1.2 Quedan adscritos al Departamento de Justicia mediante la Secretaría General:

  6. El Centro de Iniciativas para la Reinserción.

  7. El Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

    1.3 Se adscriben al Departamento de Justicia mediante la Dirección General de Memoria Democrática:

  8. El Memorial Democrático.

  9. El Consorcio del Museo Memorial del Exilio (MUME).

  10. El Consorcio Memorial de los Espacios de la Batalla del Ebro (COMEBE).

    1.4 Se adscribe al Departamento de Justicia el Consejo Asesor para la Diversidad Religiosa en los términos que establecen el Decreto 262/2016, de 7 de junio, y el resto de la normativa vigente.

Artículo 2

Consejo de Dirección

Presidido por el/la consejero/a, el Consejo de Dirección asiste a la persona titular del Departamento en las funciones de coordinación general y seguimiento de la actividad del Departamento. Del Consejo de Dirección forman parte las personas titulares de órganos directivos con rango orgánico de secretaría general o de dirección general del Departamento, los otros cargos que la persona titular del Departamento determine y el/la jefa del Gabinete del/de la Consejero/a, que actúa como secretario/a.

Artículo 3

Gabinete del/de la Consejero/a

El Gabinete del/de la Consejero/a mantiene la naturaleza orgánica, funciones y estructura que establecen el Decreto 278/2016, de 2 de agosto, y el resto de la normativa vigente.

Artículo 4

Unidades directivas

4.1 Las unidades directivas enumeradas en el apartado 1 del artículo 1, excepto la Secretaría General, mantienen el rango orgánico, funciones y estructura que establecen el Decreto 278/2016, de 2 de agosto, y el resto de la normativa vigente.

4.2 La Secretaría General asume, además de las funciones que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, y otras que pueda prever la normativa vigente, la función de impulsar y coordinar las políticas relativas a la memoria democrática y los asuntos religiosos.

4.3 De la Secretaría General dependen:

  1. La Dirección de Servicios.

  2. La Dirección General de Asuntos Religiosos.

  3. ...

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