DECRETO 478/2004, de 28 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Cultura.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

478/2004, de 28 de diciembre, de reestructuraciÛn del Departamento de Cultura.

Mediante el Decreto 233/1988, de 12 de septiembre, de reestructuraciÛn del Departamento de Cultura, se regulÛ la estructura y las funciones de las diferentes unidades del Departamento. Desde entonces y considerando el tiempo transcurrido, el mencionado Decreto ha sido modificado en diversas ocasiones para adecuar la organizaciÛn a las necesidades del Departamento.

Por una parte, durante los ˙ltimos aÒos han sido publicadas varias leyes y otras disposiciones especÌficas que han regulado y desarrollado los diferentes ·mbitos competenciales de las unidades del Departamento y mediante las que se han establecido nuevas funciones.

Por otra parte, se han creado varios organismos y unidades y se han implantado nuevos modelos de gestiÛn para impulsar y coordinar el proceso de transformaciÛn de los diferentes sectores y equipamientos culturales.

Estos hechos han motivado que las actuales estructuras org·nicas y las funciones de las unidades no se ajusten a la normativa sectorial vigente y que sea aconsejable la unificaciÛn y reordenaciÛn de la normativa de organizaciÛn del Departamento, que se encuentra dispersa en diversas disposiciones.

Por este motivo, mediante este Decreto se inicia la configuraciÛn de un nuevo modelo organizativo que adecua la estructura y las funciones de las diferentes unidades a las lÌneas de actuaciÛn y a los objetivos del Departamento y que permite desarrollar la normativa especÌfica que regula los diferentes ·mbitos del Departamento.

Por ello, de conformidad con lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad, a propuesta de la consejera de Cultura y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

CapÌtulo 1 Artículo 1

Estructura del Departamento de Cultura

ArtÌculo 1

1.1††El Departamento de Cultura, bajo la direcciÛn del/de la consejero/a, ejerce las funciones que le corresponden mediante las siguientes unidades y Ûrganos:

a)†Las unidades de asistencia y apoyo al/a la consejero/a.

b)†La SecretarÌa General.

c)†La DirecciÛn General del Patrimonio Cultural.

d)†La DirecciÛn General de CooperaciÛn Cultural.

e)†El Centro de PromociÛn de la Cultura Popular y Tradicional Catalana.

1.2††En los tÈrminos que prevÈ este Decreto, quedan adscritas al Departamento las siguientes entidades instrumentales p˙blicas:

a)†El Instituto Catal·n de las Industrias Culturales.

b)†La Entidad AutÛnoma de DifusiÛn Cultural.

c)†La InstituciÛn de las Letras Catalanas.

d)†La Biblioteca de CataluÒa.

e)†El Museo de la Ciencia y de la TÈcnica de CataluÒa.

f)†La Entidad AutÛnoma Museos de ArqueologÌa.

CapÌtulo 2 Artículos 2 y 3

Las unidades de asistencia y apoyo al/a la consejero/a

ArtÌculo 2

2.1††Las unidades de asistencia y apoyo al/a la consejero/a de Cultura, del/de la que dependen directamente, son:

a)†El Gabinete del/de la consejero/a.

b)†La SecretarÌa del/de la consejero/a.

2.2††Las mencionadas unidades las ha de ocupar personal eventual, que se regir· por la normativa que le es propia.

ArtÌculo 3

Consejo de DirecciÛn del Departamento

Est· presidido por el/la consejero/a de Cultura e integrado, adem·s, por el/la secretario/a general, los/las directores/as generales, y el resto de personas que el/la consejero/a designe. Tiene como funciÛn asistir al/a la consejero/a en la elaboraciÛn de la polÌtica del Departamento y en el seguimiento de la ejecuciÛn de esta polÌtica.

CapÌtulo 3 Artículos 4 a 24

SecretarÌa General

ArtÌculo 4

SecretarÌa General

4.1††El/la titular de la SecretarÌa General ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa, las que le asigne la normativa vigente y las que le pueda delegar el/la titular del Departamento de Cultura.

4.2††La SecretarÌa General se estructura en los siguientes Ûrganos:

a)†La DirecciÛn de Servicios.

b)†La AsesorÌa JurÌdica.

c)†El Gabinete TÈcnico.

d)†Los Servicios Territoriales en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Les Terres de l'Ebre.

e)†El Registro de la Propiedad Intelectual de CataluÒa.

4.3††La SecretarÌa General coordina, bajo la direcciÛn del/de la consejero/a, los programas y las actuaciones de las diferentes direcciones generales y de los organismos adscritos al Departamento.

4.4††El Instituto Catal·n de las Industrias Culturales, la Entidad AutÛnoma de DifusiÛn Cultural y la InstituciÛn de las Letras Catalanas est·n adscritos al Departamento de Cultura mediante la SecretarÌa General.

ArtÌculo 5

DirecciÛn de Servicios

5.1††A la DirecciÛn de Servicios le corresponden las funciones de administraciÛn, rÈgimen interior y gestiÛn de los servicios generales del Departamento y la coordinaciÛn de las unidades que dependen del mismo.

5.2††De la DirecciÛn de Servicios dependen:

a)†La SubdirecciÛn General de Recursos Humanos y OrganizaciÛn.

b)†La SubdirecciÛn General de GestiÛn EconÛmica, ContrataciÛn y Patrimonio.

c)†El ¡rea de TecnologÌas de la InformaciÛn y las Comunicaciones.

ArtÌculo 6

SubdirecciÛn General de Recursos Humanos y OrganizaciÛn

6.1††Corresponden a la SubdirecciÛn General de Recursos Humanos y OrganizaciÛn las siguientes funciones:

a)†Aplicar las polÌticas del Gobierno en materia de recursos humanos, asÌ como supervisar y gestionar los asuntos relativos al personal adscrito a las diferentes unidades directivas y org·nicas del Departamento.

b)†Elaborar las directrices referentes a planes sobre necesidades de recursos humanos.

c)†Supervisar y controlar el rÈgimen econÛmico, administrativo y disciplinario del personal.

d)†Coordinar la gestiÛn y la administraciÛn del personal del Departamento, de acuerdo con la normativa vigente.

e)†Coordinar la elaboraciÛn del capÌtulo 1 del anteproyecto de presupuesto y el control del gasto correspondiente.

f)†Asesorar en materia de recursos humanos y proponer medidas que permitan adecuar los efectivos a las necesidades de las diferentes unidades del Departamento.

g)†Impulsar y coordinar los planes de formaciÛn del personal del Departamento.

h)†Supervisar los procesos de provisiÛn y de selecciÛn del personal adscrito al Departamento.

i)†Supervisar la actuaciÛn del Departamento en materia de prevenciÛn de riesgos laborales.

j)†Organizar los servicios de rÈgimen interior y administrativos del Departamento.

k)†Coordinar las funciones de inspecciÛn que corresponden a la DirecciÛn de Servicios.

l)†Coordinar el Registro general y el archivo central administrativo del Departamento.

m)†Efectuar el seguimiento de la negociaciÛn laboral en el que participe el Departamento y la aplicaciÛn de los convenios suscritos.

n)†Cualquier otra funciÛn de naturaleza an·loga que se le encomiende.

6.2††De la SubdirecciÛn General de Recursos Humanos y OrganizaciÛn dependen los siguientes Ûrganos:

a)†El Servicio de OrganizaciÛn.

b)†El Servicio de RÈgimen Interior.

c)†La SecciÛn de AdministraciÛn de Recursos Humanos.

ArtÌculo 7

Servicio de OrganizaciÛn

Corresponden al Servicio de OrganizaciÛn las siguientes funciones:

a)†Asesorar a los diferentes Ûrganos del Departamento en asuntos referentes a la organizaciÛn, la estructura y el funcionamiento administrativo.

b)†Coordinar la implantaciÛn y la aplicaciÛn de normativa e instrucciones que, en materia de organizaciÛn, tienen incidencia en las unidades del Departamento.

c)†Elaborar y estudiar las propuestas de valoraciÛn y clasificaciÛn de puestos de trabajo.

d)†Coordinar la elaboraciÛn de los manuales de organizaciÛn.

e)†Efectuar la evaluaciÛn de resultados de las polÌticas de recursos humanos.

f)†Realizar el seguimiento de las acciones de mejora y de calidad implantadas en el Departamento y realizar la evaluaciÛn de los resultados obtenidos.

g)†Coordinar y controlar la detecciÛn de necesidades formativas y la formaciÛn del personal del Departamento.

h)†Planificar y gestionar los procesos de provisiÛn y de selecciÛn del personal adscrito al Departamento.

i)†Coordinar y perfeccionar los circuitos administrativos, asÌ como la elaboraciÛn de los cat·logos de procesos y de los impresos, en colaboraciÛn con el resto de Ûrganos del Departamento.

j)†Cualquier otra funciÛn de naturaleza an·loga que se le encomiende.

ArtÌculo 8

Servicio de RÈgimen Interior

8.1††Corresponden al Servicio de RÈgimen Interior las siguientes funciones:

a)†Coordinar la polÌtica de prevenciÛn de riesgos laborales y salud laboral e impulsar la ejecuciÛn de los planes de actuaciÛn del Departamento en esta materia.

b)†Analizar las demandas que formulan las unidades relacionadas con la seguridad y la salud en el trabajo.

c)†Controlar y supervisar la gestiÛn del presupuesto de prevenciÛn.

d)†Elaborar las prescripciones tÈcnicas para la contrataciÛn de los servicios externos de prevenciÛn.

e)†Promover la formaciÛn de los trabajadores en materia de prevenciÛn de riesgos laborales.

f)†Elaborar, proponer y efectuar el seguimiento y la aplicaciÛn de las instrucciones relativas al rÈgimen interior y servicios generales del Departamento.

g)†Coordinar los servicios de mensajerÌa, recepciÛn, seguridad y reprografÌa.

h)†Coordinar la organizaciÛn del archivo central administrativo del Departamento, asÌ como el funcionamiento del Registro general y auxiliares del Departamento.

i)†Efectuar el seguimiento de las funciones de inspecciÛn que corresponden a la DirecciÛn de Servicios.

j)†Cualquier otra funciÛn de naturaleza an·loga que se le encomiende.

8.2††Del Servicio de RÈgimen Interior depende la SecciÛn de Archivo Central y Registro.

ArtÌculo 9

SecciÛn de Archivo Central y Registro

Corresponden a la SecciÛn de Archivo Central y Registro las siguientes funciones:

a)†Coordinar el funcionamiento de...

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