DECRETO 233/2016, de 22 de marzo, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDepartamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El Estatuto de autonomía de Cataluña establece en su preámbulo que todos los poderes públicos están al servicio del interés general y de los derechos de la ciudadanía y dispone, en el artículo 71.4, que la Administración de la Generalidad, de acuerdo con el principio de transparencia, debe hacer pública la información necesaria para que la ciudadanía pueda evaluar su gestión.

Asimismo, el Estatuto de autonomía de Cataluña establece, en el artículo 43, que los poderes públicos deben promover la participación social en la elaboración, la prestación y la evaluación de las políticas públicas, y también la participación individual y asociativa en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, con pleno con respeto a los principios de pluralismo, libre iniciativa y autonomía.

En la línea de actuar conforme al principio de transparencia, se aprobó la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, norma que responde a la idea de avanzar en el funcionamiento de las administraciones públicas según estándares de calidad democrática y de acuerdo con el principio de responsabilidad, que obliga a dar cuenta a la ciudadanía de la actividad llevada a cabo y de la gestión de los recursos públicos.

El Decreto 45/2016, de 19 de enero, de estructuración del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia, atribuye a la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto las funciones relativas a impulsar y promover el gobierno abierto, dirigir e impulsar las políticas de transparencia dentro de la Administración de la Generalidad y su sector público instrumental, dirigir las estrategias para garantizar el cumplimiento de la normativa de transparencia y acceso a la información pública por parte de los departamentos de la Administración de la Generalidad y organismos dependientes, dirigir el proceso de apertura de datos públicos de la Generalidad, y facilitar la reutilización de la información del sector público, impulsar el Plan de Gobierno Abierto de la Generalidad y establecer los criterios de calidad democrática que deben cumplir los canales, procesos y espacios de participación ciudadana de la Generalidad.

El mismo Decreto atribuye a la Dirección General de Transparencia, Datos Abiertos y Calidad Democrática la función de impulsar las medidas de organización interna y coordinar la aplicación de las directrices y los criterios corporativos necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa de transparencia y acceso a la información pública por parte de los diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad y organismos dependientes. Asimismo, prevé la función de llevar a término las actuaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, la eficacia del derecho de acceso a la información pública y la rendición de cuentas.

De acuerdo con todo ello, con el fin de facilitar el impulso transversal en materia de transparencia y gobierno abierto y garantizar la coordinación necesaria de los órganos de la Generalidad en la aplicación de los criterios corporativos sobre la publicidad activa, el acceso a la información pública, la apertura de datos, y la participación ciudadana, se crea la Comisión Interdepartamental de Transparencia y Gobierno Abierto como órgano de coordinación en materia de transparencia, acceso a la información pública y participación ciudadana de todos...

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