DECRETO 199/2019, de 17 de septiembre, por el que se convocan elecciones parciales a la presidencia de la entidad municipal descentralizada de Àreu por no haberse presentado candidaturas en las elecciones celebradas el 26 de mayo de 2019.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 77/2019, de 26 de marzo, se convocaron elecciones a la presidencia de las entidades municipales descentralizadas a celebrar el 26 de mayo de 2019.

El apartado primero del artículo 181 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, dispone la celebración de elecciones parciales en el plazo de seis meses en aquellas circunscripciones en que no se hayan presentado candidaturas en las últimas elecciones locales.

En la entidad municipal descentralizada de Àreu, situada en el municipio de Alins, en la comarca del Pallars Sobirà, no se presentó ninguna candidatura en las elecciones celebradas el 26 de mayo de 2019.

Por todo eso, a propuesta del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Convocatoria de elecciones

Se convocan elecciones parciales a la presidencia de la entidad municipal descentralizada de Àreu a celebrar a los cincuenta y cuatro días de la publicación de este decreto en el DOGC.

Artículo 2

Presidencia de la entidad municipal descentralizada

El presidente o la presidenta de la entidad municipal descentralizada es elegido/da directamente por los vecinos y vecinas de la entidad por el sistema mayoritario mediante la presentación de candidaturas los diferentes partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores. Cada candidatura a la presidencia tiene que incluir un candidato o candidata suplente.

Artículo 3

Plazos

Los plazos que rigen este proceso electoral son los fijados para las elecciones locales parciales, que tienen lugar simultáneamente.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

Las elecciones que se convocan mediante este decreto se rigen por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, por los preceptos que sean aplicables de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, y por las otras disposiciones de carácter complementario.

Disposición adicional segunda

Esta convocatoria queda condicionada al cumplimiento de aquello que dispone el artículo 181 de Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.

Disposición final

Este Decreto entra en vigor el mismo día de la publicación en el...

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