DECRETO 169/2019, de 23 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras y de ejecución del Plan único de obras y servicios de Cataluña para el periodo 2020-2024.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
DECRETO 169/2019, de 23 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras y de ejecución del Plan
único de obras y servicios de Cataluña para el periodo 2020- 2024.
El objetivo del Planes impulsar acciones con el fin de hacer posible implementar las estrategias territoriales que
tienen que permitir a los entes locales consolidar los criterios de desarrollo que favorezcan la generación de
oportunidades y la creación de sinergias con los valores y los agentes de cada lugar.
Cataluña tiene una distribución territorial y unas necesidades territoriales diversas y que repercuten
directamente en el conjunto de la población. En el marco de los retos a hacer frente y en base a la situación de
los municipios, en su conjunto, se determina la necesidad de impulsar y mejorar la prestación de servicios
públicos, afrontar la situación de brecha digital entre territorios, hacer frente a los riesgos naturales crecientes
y a minimizar su repercusión en las personas y a impulsar equipamientos y acciones de activación económica
para encarar los retos de redistribución entre territorios y afrontar los flujos económicos. El envejecimiento y la
pérdida poblacional son retos que estas líneas de ayuda afrontarán con el fin de facilitar que las entidades
locales ejecuten sus líneas de actuación
Determinando estos retos, se generan unas líneas de acción para favorecer la igualdad de oportunidades entre
la ciudadanía de los diferentes territorios y entre los diferentes municipios, dotándolos de infraestructuras de
calidad para el impulso de la actividad económica, la mejora en prestación de servicios a la ciudadanía y la
prevención de riesgos naturales, además de potenciar la accesibilidad en el entorno digital. Estas son las líneas
en que se enmarca este instrumento de financiación de inversiones de los entes locales.
El Plan permitirá poner en valor las acciones que permitan dar un salto cualitativo en las acciones de las
entidades locales y para las cuales las inversiones permitan alcanzar un objetivo de mejora y hacer un cambio
en la dinámica existente, con el fin de impulsar las acciones territoriales prioritarias. Además, impulsará las
acciones de los entes locales con el fin de hacer posible implementar las estrategias territoriales que tienen que
permitir a los entes locales consolidar los criterios de desarrollo que favorezcan la generación de oportunidades
y la creación de sinergias con los valores y los agentes de cada lugar.
Los artículos 188 y 189 del Texto refundido de la ley municipal y del régimen local de Cataluña aprobado por el
Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, define el PUOSC como un programa específico del Plan director de
inversiones locales de Cataluña, que tiene que ser aprobado por el Gobierno de la Generalidad.
Visto lo que disponen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado
mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; los preceptos de carácter básico de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;
Visto el Acuerdo del Gobierno de 21 de mayo de 2019, porel que se autoriza al Departamento de la Presidencia
a realizar gastos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, por un importe de 250 millones de euros
(250.000.000 €), para la financiación del Plan único de obras y servicios de Cataluña para el periodo 2020-
2024;
Una vez tramitado el procedimiento legalmente establecido y de acuerdo con la propuesta favorable de la
Comisión de Cooperación Local de Cataluña;
A propuesta de la consejera de la Presidencia y, de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo 1
Bases reguladoras
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 7925 - 25.7.2019
1/19
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19205001-2019
1.1 Este Decreto tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las líneas de subvención del Planúnico de
obras y servicios de Cataluña para el periodo 2020- 2024 (en adelante PUOSC) que constan en los anexos 1, 2
y 3 de este Decreto.
1.2 Se podrán integrar en el PUOSC programas específicos de ámbito provincial, financiados y gestionados por
las diputaciones provinciales.
Artículo 2
Estructura del PUOSC
La estructura del PUOSC para el periodo 2020-2024 incluye la línea de subvenciones para inversiones y la línea
de subvenciones por acción territorial en municipios pequeños.
Esta estructura se puede ampliar mediante la inclusión de nuevos programas específicos de ámbito provincial,
que se formulen de acuerdo con el artículo 1.2.
Artículo 3
Financiación
3.1 El PUOSC para el periodo 2020-2024 se financia con aportaciones de la Generalidad; concretamente, el
Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña destina al PUOSC 2020-2024 la cantidad de 250
millones de euros (250.000.000 €) de recursos propios, de acuerdo con el siguiente reparto:
Año 2020 2021 2022 2023 2024 2025 Total
Plan 2020 30.000.000 20.000.000 50.000.000
Plan2021 30.000.000 20.000.000 50.000.000
Plan 2022 30.000.000 20.000.000 50.000.000
Plan 2023 30.000.000 20.000.000 50.000.000
Plan 2024 30.000.000 20.000.000 50.000.000
TOTAL 30.000.000 50.000.000 50.000.000 50.000.000 50.000.000 20.000.000 250.000.000
3.2 De la dotación total del PUOSC 2020-2024 se destinarán 160 millones de euros (160.000.000 €) a la línea
de subvenciones para inversiones y 90 millones de euros (90.000.000 €) a la línea de subvenciones para
acción territorial en municipios pequeños.
3.3 Complementan la financiación del Plan las aportaciones de las entidades locales que resulten beneficiarios
de estas subvenciones.
Artículo 4
Convocatoria
La convocatoria única de las líneas de subvención del Plan único de obras y servicios de Cataluña para el
periodo 2020- 2024, destinadas a municipios y otras entidades locales de Cataluña, se abre por resolución de la
persona titular del Departamento competente en materia de Administración local.
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 7925 - 25.7.2019
2/19
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19205001-2019

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