DECRETO 136/2017, de 29 de agosto, de modificación del Decreto 108/2012, de 2 de octubre, de organización, estructura y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El Estatuto de autonomía de Cataluña establece, en el artículo 141.1, que corresponde a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de juegos, apuestas y casinos, si la actividad se cumple exclusivamente en Cataluña y, en el artículo 150, que corresponde a la Generalidad, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre la estructura, la regulación de los órganos y directivos públicos, así como también sobre las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.
La Ley 5/1986, de 17 de abril, crea la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad y, en el artículo 2, establece que esta tiene a su cargo la organización, la gestión directa y la comercialización de los juegos que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, y también la recaudación de los ingresos públicos derivados de esta actividad y el pago de los premios que se establezcan. Esta Ley fue modificada en su artículo 3 por el artículo 100 de la Ley 11/2011, del 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, para introducir la figura del consejero o consejera delegado de la Entidad.
El artículo 148 de la Ley 2/2014, del 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, modifica el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, y determina que el presidente o presidenta del Consejo de Administración de la Entidad es la persona titular de la secretaría general del departamento competente en materia de juego, a menos que haya una secretaría sectorial en esta materia, supuesto en el que la presidencia recae en la persona titular de esta.
El Decreto 108/2012, de 2 de octubre, de organización, estructura y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, regula la estructura organizativa y funcional de la Entidad.
El Decreto 40/2017, de 2 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, establece en el artículo 1.2. c que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad se adscribe al Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda mediante la Secretaría de Hacienda, y en el artículo 54.1, que la Dirección General de Tributos y Juego forma parte de la estructura de la Secretaría de Hacienda.
Por coherencia con la reestructuración mencionada al párrafo anterior resulta necesario modificar el artículo 4.2. a del Decreto 108/2012, de 2 de octubre, de organización, estructura y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad con el fin de atribuir la presidencia del Consejo de Administración a la persona titular de la secretaría sectorial competente en materia de juego, así como para redefinir la composición del Consejo de Administración, y se deja más abierta la designación de sus vocales para que resulten más idóneos en cada momento a las necesidades y objetivos de la Entidad. También se...
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