DECRETO 133/2017, de 1 de agosto, de modificación del Decreto 60/2014, de 29 de abril, del Consejo Catalán de la Empresa.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Agosto de 2017
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Empresa y Conocimiento
Rango de LeyDecreto

El artículo 139.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña recoge la competencia exclusiva de la Generalidad en materia de industria, exceptuando lo que dispone el artículo 139.2 en lo referente a la planificación de la industria, que es compartida. Asimismo, el artículo 150 de la misma norma dispone que la Generalidad, en materia de organización de su Administración, tiene la competencia exclusiva.

El Decreto 60/2014, de 29 de abril, del Consejo Catalán de la Empresa (DOGC núm. 6614, 2.5.2014), configura el Consejo Catalán de la Empresa (en adelante, el Consejo) como el órgano de participación institucional y de diálogo social en el ámbito de la industria, y tiene el objetivo de acelerar el proceso de transformación empresarial por medio de una política activa, previsora y eficaz que favorezca la adaptación de las empresas de los diferentes sectores de actividad a los cambios estructurales y a la inversión productiva. El Consejo debe velar especialmente por las empresas entendidas como conjunto de empresarios y trabajadores, tanto si son pequeñas, medianas o grandes, a los efectos de mantener el espíritu industrial de Cataluña, tal como dispone el artículo 154 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa (DOGC núm. 6035, de 30.12.2011).

El Eje 2 del Plan de Gobierno de la XI Legislatura hace referencia a un país con más y mejor trabajo y a una economía al servicio de las personas y, en concreto, en su apartado 3, define las actuaciones en el ámbito de la empresa y la competitividad. Hay que tener presente que para situar a Cataluña entre los países más valorados a nivel de competitividad, creación e innovación mundial es necesario fomentar la cooperación entre administraciones y agentes económicos y sociales con el fin de conseguir un entorno que facilite el desarrollo empresarial, favorezca la competitividad del tejido productivo, e incremente la productividad y la calidad de la ocupación.

La Resolución 251/XI, de 13 de julio de 2016, aprobada por el Parlamento, insta al Gobierno de Cataluña a impulsar, de manera conjunta con las fuerzas políticas y con los agentes sociales y económicos que ostentan la condición legal de más representativos, las bases de un Pacto nacional programático para la industria, con el objetivo del relanzamiento de la economía productiva en Cataluña.

El Acuerdo GOV/124/2016, de 13 de septiembre (DOGC núm. 7206, de 15.9.2016), aprueba la creación y la composición de la Mesa y los grupos de trabajo del Pacto nacional para la industria, y atribuye a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo Catalán de la Empresa la gobernanza de ese Pacto, por lo que se hace necesario la modificación del mencionado Decreto 60/2014, de 29 de abril, y su reformulación, para adecuar su estructura y sus instrumentos de concertación y cumplir el objetivo encargado por el Parlamento de Cataluña y por el Gobierno.

Por todo ello, y con el fin de avanzar en este nuevo marco de actuaciones es necesario adaptar las funciones del Plenario y de la Comisión Ejecutiva Permanente a fin de que la Comisión tenga un papel, en la práctica, de carácter más impulsor y decisorio a la hora de elevar al Plenario aquellas cuestiones que deba aprobar este último. Hay que destacar que también se le otorga un papel relevante en el seguimiento de los acuerdos que se tomen en el seno del Pacto nacional para la industria.

Asimismo, pasan a formar parte del Plenario del Consejo Catalán de la Empresa los representantes de las organizaciones e instituciones del Pacto Més indústria que no estuvieran representados, sin que suponga incrementar el número de miembros del Plenario.

El texto del presente Decreto tiene como objetivo simplificar la estructura del Consejo Catalán de la Empresa. Con esta modificación se eliminan la Comisión de Competitividad y Emprendimiento y la Comisión de la Pequeña y Mediana Empresa. Es necesario decir, no obstante, que la nueva regulación mantiene la posibilidad de crear comisiones técnicas y grupos de trabajo ad hoc .

El presente Decreto de modificación cumple con los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE...

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