DECRETO 126/2017, de 25 de julio, del Consejo Catalán de la Alimentación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyDecreto

El marco competencial en materia de agricultura, ganadería y pesca derivado del artículo 116, en concordancia con el artículo 110 del Estatuto, atribuye a la Generalidad, en el ámbito de sus competencias exclusivas y de una manera íntegra la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva mediante las que puede establecer políticas propias, y de acuerdo con el artículo 150 del Estatuto atribuye a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de organización de su administración, tanto en la regulación de su estructura, de sus órganos y directivos públicos, de su funcionamiento y su articulación, como de las distintas modalidades organizativas e instrumentales necesarias para la actuación administrativa.

La Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria, en el capítulo V, dedicado a la transformación, la comercialización y la calidad de los productos agroalimentarios, fija los objetivos y las medidas de refuerzo de la cadena agroalimentaria, a fin de promover la producción, la comercialización y la exportación de productos de calidad, e incrementar la participación de los productores en el valor añadido final.

La Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, regula el sector agroalimentario desde una visión global, para garantizar la calidad y la conformidad de los productos agroalimentarios en la normativa europea y en el resto de disposiciones aplicables, y asegurar la protección de los derechos e intereses legítimos de los productores agrarios, de los operadores económicos, los profesionales del sector agroalimentario y de los consumidores finales.

Cataluña dispone de una agricultura y una ganadería altamente tecnificadas y muy productivas que, junto con su industria transformadora, le confiere un tejido sectorial competitivo y vertebrador del territorio.

La producción alimentaria catalana es segura, de elevada calidad y muy rica en diversidad. Esto hace que Cataluña cuente con un patrimonio gastronómico único, genuino y muy valioso.

El sector alimentario debe tener muy presente el marco europeo y el contexto mundial para poder afrontar los retos de futuro en relación a la demografía y las necesidades productivas de alimentos. El aumento de la población mundial, especialmente la población urbana, y una mayor esperanza de vida, junto con la mejora de la renta per cápita, requieren políticas y planificaciones estratégicas para enfrentarse a ello. Todo eso implica retos de carácter social, ambiental y tecnológico, que se deben abordar de forma equilibrada y sostenible.

Para hacer frente a estos retos y las tendencias del sector es necesario disponer de una red empresarial fuerte, integrada, cooperadora, que genere acuerdos y con capacidad innovadora. El impulso de la competitividad y la orientación estratégica de las políticas agroalimentarias se favorecen con la colaboración entre el sector público y el sector privado.

Se destaca que la agroalimentación en Cataluña, y en el contexto de la UE, disfruta de los mejores estándares de calidad y tiene como premisa la seguridad, que es un requisito sine qua non.

Por todo ello, desde una perspectiva económica, territorial y ambiental, el sector agroalimentario en Cataluña se configura como un sector estratégico.

El Consejo Catalán de la Alimentación se crea para actuar como órgano de participación y colaboración, de reflexión y debate y de asesoramiento, consulta y propuesta del departamento competente en materia de alimentación, calidad e industrias agroalimentarias en cuestiones relacionadas con la agroalimentación, sin perjuicio de las competencias atribuidas legal y reglamentariamente a las diversas Administraciones públicas y los diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad y los organismos dependientes.

El Consejo Catalán de la Alimentación debe actuar también como observatorio de la agroalimentación, con una visión transversal, que permita proponer las medidas necesarias para el aprovechamiento de todas las oportunidades de los mercados y para ofrecer las mejores condiciones de calidad y sostenibilidad.

Este Decreto crea y desarrolla las funciones, la composición y los aspectos procedimentales básicos del funcionamiento interno del Consejo Catalán de la Alimentación, como órgano donde se posibilita la participación de los agentes económicos y sociales para consolidar y reforzar los instrumentos de interlocución de la Administración con estos agentes, en los diferentes ámbitos de actividad en la cadena agroalimentaria, con el fin de analizar y debatir las futuras líneas de actuación. También prevé la creación de la Comisión de la Cadena Agroalimentaria, la Comisión de Competitividad e Internacionalización Alimentarias, la Comisión de Gastronomía y Territorio, y la Comisión de Despilfarro y Sostenibilidad, todas ellas integradas en el Consejo Catalán de la Alimentación.

Dentro de las funciones del Consejo Catalán de la Alimentación y de sus Comisiones, también se aborda el tema de la sostenibilidad, la responsabilidad social y la lucha contra el despilfarro en todos los ámbitos de la cadena agroalimentaria, porque tiene un impacto ambiental, social y económico evidente. Teniendo en consideración que el 7% de los alimentos adquiridos son desperdiciados por los consumidores, los comercios y los restaurantes, podemos trasladar este valor al número de días/comida que se tiran a la basura durante el año. Así, 25,5 días de comida cada año son tirados a la basura, un volumen de comida que serviría para alimentar más de medio millón de personas durante un año. La cifra, trasladada en términos económicos, significa 841 millones de euros anuales, de acuerdo con el precio medio de los alimentos en España según el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Esta norma se adecua a los principios de buena regulación, establecidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dado que los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia vienen supeditados a que, de acuerdo con el apartado 1 de la Resolución 739/X del Parlamento de Cataluña sobre el mundo agrario, adoptada por el Parlamento de Cataluña en la sesión plenaria del día 11 de julio de 2014, relativo a Regulaciones del mercado, el Parlamento insta al Gobierno a constituir una mesa de interlocución de la agroalimentación. El hecho de que el Parlamento inste...

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