DECRETO 122/2017, de 25 de julio, del Consejo Asesor en Materia de Evaluaciones Médicas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de autonomía, en el artículo 150, atribuye a la Generalidad, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre la estructura, la regulación de los órganos y directivos públicos, el funcionamiento y la articulación territorial, y las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.

La Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, creó el Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al departamento competente en materia de sanidad.

En cumplimiento de lo previsto en esa Ley, el Decreto 256/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, recogió en los artículos 11, 12 y 13 la regulación de la composición, funciones y funcionamiento del Consejo Asesor del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas.

Más adelante, la Ley 11/2011, del 29 de diciembre, de reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa, modificó la denominación y las funciones del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, que pasó a denominarse Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias.

Posteriormente, la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, declaró extinguida la personalidad jurídica del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias, aunque el apartado quinto del artículo 164 estableció que mantienen su vigencia, con rango reglamentario, la letra c del apartado 1 y el apartado 4 del artículo 44 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, relativos al Consejo Asesor de este organismo.

Por su parte, el Decreto 119/2014, de 5 de agosto, de reestructuración del Departamento de Salud, derogó el Decreto 256/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas, salvo los artículos 11, 12 y 13 referentes en el Consejo Asesor, que siguen vigentes, según se hace constar en la Corrección de erratas en el Decreto 119/2014, de 5 de agosto (DOGC núm. 6964, de 28.9.2015), e integró el Consejo Asesor del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas en el Departamento de Salud, mediante la Secretaría de Salud Pública.

El Decreto 244/2016, de 19 de abril, de modificación del Decreto 119/2014, de 5 de agosto, de reestructuración del Departamento de Salud, y del Decreto 66/2016, de 19 de enero, de reestructuración parcial del Departamento de Salud, en el artículo 2.2.e) estableció que el Consejo Asesor del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas se integraba en el Departamento de Salud a través de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria, unidad que asumió las competencias en materia de evaluaciones médicas.

Finalmente, el Decreto 6/2017, de 17 de enero, de reestructuración del Departamento de Salud, en un ejercicio de simplificación administrativa y en beneficio del principio de seguridad jurídica, unifica en un único texto normativo toda la estructura del Departamento de Salud que contienen los decretos mencionados que son objeto de derogación, y establece en el artículo 68.2 f) que se integra al Departamento de Salud, a través de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria, el Consejo Asesor del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas.

Por todo lo expuesto, se considera necesario adecuar la estructura, las funciones y el funcionamiento del Consejo Asesor del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas a la nueva realidad jurídica que supuso la pérdida de la personalidad jurídica del Instituto como organismo autónomo, y a su integración en el departamento competente en materia de salud mediante la dirección general competente en materia de evaluaciones médicas, lo que justifica, por otra parte, el cambio de su denominación a...

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