RESOLUCIÓN IRP/446/2007, de 19 de febrero, deconvocatoria de concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 93plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos dela Generalidad (núm. de registro de convocatoria 69/06).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IRP/446/2007, de 19 de febrero, de convocatoria de concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 93 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad (núm. de registro de convocatoria 69/06).

Visto lo que establecen los artículos 17 y 19 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, de Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de las personas funcionarias de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 65/1987, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo, de promoción profesional y de promoción interna, en cuanto a las normas reguladoras de la promoción interna; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa de aplicación;

Vista la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos;

Dado que se han llevado a cabo los trámites que prevé la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas;

Visto lo que establece el artículo 17.3 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo; el artículo 3.3 del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia respectiva de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el artículo 12 del Decreto 479/2006, de 5 de diciembre, de estructuración del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y de conformidad con lo que dispone el artículo 1.h) de la Resolución IRP/4181/2006, de 18 de diciembre, de delegación de funciones del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en varios órganos del Departamento,

Resuelvo:

.1 Abrir convocatoria de concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 93 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad (núm. de registro 69/06), con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 y de acuerdo con el contenido de los anexos 2, 3, 4, 5 y 6 de esta Resolución.

.2 Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, de acuerdo con lo que prevén los artículos 8.2 y 14 de la Ley mencionada, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 19 de febrero de 2007

P.D. (Resolución IRP/4181/2006, de 18 de diciembre,

DOGC de 21.12.2006)

Joan Boada i Masoliver

Secretario general

Anexo 1

Bases de la convocatoria

.1 Puestos de trabajo

1.1 Se convoca concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 93 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad.

1.2 Las funciones que tienen que ejercer las personas participantes que sean nombradas serán las que se atribuyen a los/las cabos de acuerdo con lo que establecen el artículo 16.1.c) y 16.2 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo.

.2 Personas participantes

Podrán participar en este concurso oposición las personas funcionarias al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad de Cataluña y que reúnan los requisitos que establece el artículo 19 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, y que determina la base 3 de este anexo.

.3 Requisitos

Las personas funcionarias comprendidas en la base anterior tienen que reunir los requisitos siguientes:

a) Tener una antigüedad mínima de 2 años de servicio activo como funcionario/a de carrera en la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad.

b) Prestar servicios como funcionario/a en la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad de Cataluña y encontrarse respecto de la Generalidad de Cataluña en dicha categoría en la situación administrativa de servicio activo, servicios especiales, servicios en otras administraciones públicas o en una situación administrativa con derecho a reserva del puesto de trabajo o destinación.

c) Estar en posesión del permiso de conducir de vehículos de la categoría C, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable.

.4 Cumplimiento de los requisitos de participación

Los requisitos que establece la base anterior se tienen que cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes, y se tienen que continuar cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión como funcionarios/as de la categoría de cabo de la escala técnica.

.5 Fases del proceso selectivo

El procedimiento de selección de los participantes es el de concurso oposición. Consta de la fase de oposición, de la fase de concurso y de un curso de capacitación de carácter selectivo impartido por la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña.

5.1 Fase de oposición.

5.1.1 Está constituida por pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio. Las personas participantes tendrán que realizar la totalidad de las pruebas señaladas en los apartados siguientes.

a) Primera prueba: prueba de aptitud, psicotécnica y de conocimientos.

Consta de 4 ejercicios. Para superar la primera prueba hace falta haber superado todos los cuatro ejercicios.

Primer ejercicio: evaluación de la aptitud y de perfil profesional.

Consta de dos partes:

Primera parte: consistirá en la realización de una batería de tests psicotécnicos dirigidos a evaluar las capacidades aptitudinales de la persona participante.

El tribunal fijará el tiempo para realizar esta parte, que no podrá ser superior a 2 horas.

Segunda parte: consistirá en la resolución de unas pruebas psicotécnicas orientadas a evaluar la adecuación de las características de la persona participante, en relación con el ejercicio de las funciones y de las tareas propias de la categoría de cabo.

El tribunal fijará el tiempo para realizar esta parte, que no podrá ser superior a 2 horas.

La valoración de este ejercicio será de apto/a o no apto/a.

Segundo ejercicio: cuestionario.

Consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test de 60 preguntas como máximo con respuestas alternativas sobre el contenido completo del programa de temas que figuran en el anexo 2 de esta convocatoria. La calificación de este ejercicio es de 0 a 10 puntos. La puntuación mínima para superarlo es de 5 puntos. El tribunal no tendrá que evaluar el ejercicio de las personas participantes que hayan obtenido la calificación de no apto en el primer ejercicio.

Cada respuesta correcta tendrá el mismo valor. Las preguntas sin respuesta o con más de una respuesta por parte de los aspirantes no serán tenidas en cuenta.

Las respuestas erróneas se valorarán negativamente. Por cada respuesta errónea se descontará una cuarta parte del valor de una respuesta acertada. Para efectuar la valoración de la prueba será de aplicación la fórmula siguiente:

E

----------------------------------

X 10

4

Q =

------------------------------------------------

n

Q=calificación resultante.

A=número de aciertos.

E=número de errores.

n=número de preguntas.

El tribunal fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no podrá ser superior a 60 minutos.

Tercer ejercicio: ejercicio escrito de carácter teórico-práctico.

Consistirá en la resolución de un ejercicio de carácter teórico-práctico de aplicación de los conocimientos del temario que figura en el anexo 2 de esta convocatoria, relativo a las funciones propias de la categoría de cabo. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos. Para superar este ejercicio se tendrá que obtener una puntuación mínima de 5 puntos. El tribunal no tendrá que evaluar el ejercicio de las personas participantes que hayan obtenido la calificación de no apto en el segundo ejercicio. El tribunal fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no podrá ser superior a 60 minutos.

Cuarto ejercicio: conocimientos de lengua catalana.

Consiste en realizar ante miembros del tribunal y, si procede, con los asesores especialistas que éste designe, una prueba de conocimientos de lengua catalana que consta de dos partes:

Primera: se evaluarán los conocimientos prácticos de lengua catalana mediante la redacción de una carta formal de un mínimo de 100...

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