ORDEN TRE/486/2008, de 6 de noviembre, por la que se establecen las bases que deben regir la concesión de subvenciones de formación para trabajadores y trabajadoras del programa Fórmate, y se abre la convocatoria anticipada para el 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorServicio de Ocupación de Cataluña
Rango de LeyOrden

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ORDEN

TRE/486/2008, de 6 de noviembre, por la que se establecen las bases que deben regir la concesión de subvenciones de formación para trabajadores y trabajadoras del programa Fórmate, y se abre la convocatoria anticipada para el 2009.

En el marco de una economía de mercado internacional y en la construcción de un mercado europeo competitivo y globalizado, toma cada vez mayor importancia el papel de la formación de nuestros trabajadores y trabajadoras, sobre todo en aquellos ámbitos que les permitan desarrollar aquellas competencias profesionales que les facilite el intercambio de información, que les asegure el desarrollo de sus tareas en un entorno de seguridad y que les permita acceder a conocimientos transferibles independientemente del entorno físico o del ámbito laboral en los que las personas se desarrollen profesionalmente.

El Plan de Gobierno 2007-2010 establece que, entre los temas que tendrán una especial relevancia durante toda la legislatura, serán prioritarios por una parte los relacionados con la transferencia de tecnología, es decir, la vinculación entre universidad y empresa, y por otra parte el aprendizaje del inglés; al mismo tiempo establece que uno de los ejes básicos para la mejora de la calidad del empleo se centrará en la reducción de los niveles de siniestralidad laboral y la mejora de las condiciones de trabajo de la ciudadanía. En este sentido, el objetivo es reducir el nivel de incidencia de la siniestralidad laboral un 20% (en términos comparables con la estadística de la Unión Europea); se promoverán conductas con el fin de garantizar que la vida y la salud de los/las trabajadores/as sea un valor social de primer orden, teniendo en cuenta la integración de la perspectiva de género en los proyectos, y se potenciarán los mecanismos de coordinación y cooperación entre instituciones con competencias en seguridad y salud laboral.

La Resolución del Consejo de 25 de junio de 2007, sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012) (DOCE 2007/C 145/01), apuesta por la puesta en marcha de acciones preventivas y el fomento de una cultura de prevención en materia de salud y seguridad en el trabajo. Los objetivos que la Comisión plantea para el periodo 2007-2013 son fundamentalmente el mantenimiento de la tendencia de disminución de la siniestralidad laboral y llegar a una reducción significativa de las tasas de incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el ámbito europeo durante este periodo. Al mismo tiempo, se centra en fomentar el desarrollo y la implementación de las estrategias nacionales sobre reducción de accidentes y enfermedades profesionales y en el cambio de comportamientos en relación con estos temas.

El Consejo de Ministros aprobó el día 29 de junio la Estrategia española de seguridad y salud laboral 2007-2012, en línea con la Estrategia europea de seguridad y salud laboral de febrero de 2007. La Estrategia española de seguridad y salud laboral establece el marco general de las políticas de prevención de riesgos laborales a corto y, especialmente medio y largo plazo, y se plantea dos grandes objetivos: reducir la siniestralidad laboral y mejorar de manera continuada los niveles de seguridad y salud en el trabajo. Una de las medidas que contempla es la de impulsar programas específicos para garantizar la efectividad de la prevención de riesgos laborales.

En la coyuntura actual, el Servicio de Ocupación de Cataluña promueve el programa Fórmate, con el objetivo de proporcionar formación a los trabajadores y trabajadoras de las empresas con sede en Cataluña de carácter general que mejore sus competencias y su ocupación.

En este contexto el Servicio de Ocupación de Cataluña quiere incidir en la formación en tres ámbitos esenciales para el desarrollo de la economía catalana en un entorno internacional:

Por una parte el conocimiento de idiomas en un entorno de relaciones empresariales multilingüe, que permita la proyección de las relaciones internacionales de nuestras empresas, al mismo tiempo que facilitará las relaciones entre trabajadores/as, permitirá el intercambio de conocimientos técnicos, metodologías, etc. que harán más competitivas nuestras empresas tanto en el marco de un mercado europeo como internacional. En este contexto toma una especial importancia el conocimiento de la lengua inglesa como lengua vehicular de las relaciones comerciales internacionales, y de las lenguas de los países que actualmente se están abriendo e incorporando a los mercados internacionales. Es en este marco que toma relevancia la enseñanza del catalán como lengua vehicular de competencia profesional, especialmente para las personas que trabajan y residen en Cataluña desde un periodo temporal más reciente.

Por otra parte la seguridad de nuestros/as trabajadores/as en sus puestos de trabajo, es una de las prioridades del Servicio de Ocupación de Cataluña. Esta iniciativa se enmarca en el conjunto de nuevas medidas que está impulsando la Generalidad para luchar contra la siniestralidad laboral y es con este objetivo que el programa Fórmate hace especial mención a la formación en la prevención de riesgos laborales, entendiendo que la incorporación de esta línea de formación es una forma adecuada de invertir en el futuro y de conseguir una reducción importante del número de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.

En último lugar, para disponer de trabajadores competitivos en el ámbito nacional e internacional, se debe facilitar aquella formación de calidad que les permita alcanzar competencias profesionales que les sean transferibles en cualquier entorno laboral en el que desarrollen sus tareas. En este marco, el programa Fórmate hace especial mención a aquella formación desarrollada principalmente por las universidades, escuelas universitarias, centros asociados y escuelas de negocio, que les permita avanzar hacia la excelencia en sus conocimientos y les haga competitivos en el ámbito nacional e internacional.

Vistos la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

Vistos el Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (FSE) (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y al Fondo de Cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo por el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006), y el Reglamento (CE) núm. 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión (DOUE L 214/3, de 9.8.2008), por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías);

Vistas la Ley 16/2007, de 21 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2008 (DOGC núm. 5038, de 31.12.2007), y la Ley 17/2007, de 21 de diciembre, de medidas fiscales y financieras (DOGC núm. 5038, de 31.12.2007);

En el ejercicio de las competencias otorgadas por los artículos 112, 114 y 170.1.b) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña;

Una vez consultados los agentes sociales representados en el Consejo de Dirección del SOC con el informe previo de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, a propuesta del director del Servicio de Ocupación de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases que deben regular el régimen de concesión de subvenciones de los costes generados en las empresas para la participación de sus trabajadores y sus trabajadoras en actividades formativas dentro del programa Fórmate.

1.2 Abrir el periodo de presentación de solicitudes para la convocatoria anticipada para el año 2009.

Título 1

Bases reguladoras de subvenciones para la concesión de subvenciones de los costes generados en las empresas por la participación de sus trabajadores y sus trabajadoras en actividades formativas dentro del programa Fórmate

Capítulo 1
Disposiciones generales Artículos 2 a 19
Artículo 2

Líneas de actuación subvencionables

El programa Fórmate incluye las líneas de actuación siguientes:

  1. Idiomas: se incluye en esta línea el aprendizaje tanto de idiomas extranjeros asociados a un empleo como la enseñanza del catalán, a los efectos de mejorar la competencia lingüística oral y escrita en el trato con clientes, proveedores, relaciones internacionales o todo aquello relacionado con el desarrollo del trabajo.

  2. Prevención de riesgos laborales: se incluye en esta línea la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales que sea suficiente y adecuada al puesto de trabajo o función de cada trabajador o trabajadora con la finalidad de garantizar la mejora de sus condiciones de seguridad y salud, preferentemente aquella formación orientada a prevenir las lesiones más representativas cuantitativamente.

  3. Transferencia de conocimientos: se incluye en esta línea cualquier otra actividad...

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