ORDEN TRE/169/2009, de 16 de marzo, por la que se modifica la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir el sistema de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, y se abre la convocatoria para el año 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/169/2009, de 16 de marzo, por la que se modifica la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir el sistema de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, y se abre la convocatoria para el año 2009.

Mediante la Orden TRE/259/2007, de 12 de julio (DOGC núm. 4932, de 24 de julio), se concretó la línea de actuación que prevé el Plan de Gobierno para la prevención de riesgos laborales para los años 2005-2008, y se establecieron las bases reguladoras del sistema de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, y se abrió la convocatoria para el año 2007.

Mediante la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, se estableció una nueva orden de bases con el fin de mejorar algunos aspectos de las bases anteriores. En concreto, de acuerdo con los datos de siniestralidad, se redefinieron los sectores económicos que pueden ser objeto de subvención, así como también se consideró necesario delimitar las acciones subvencionables. El importe de la ayuda que se concede sirve para complementar la parte de inversión no cubierta por la financiación de las líneas de crédito subvencionables.

La delicada situación económica actual tiene un efecto evidente sobre los problemas de liquidez de las pequeñas y medianas empresas (pymes), que ven cómo disminuyen sus posibilidades de destinar recursos propios a la sustitución de maquinaria y equipos, por lo que dependen en mayor medida de la financiación exterior.

Dado lo señalado más arriba, y que las líneas de crédito subvencionables (ICO-ICF) para la próxima convocatoria del año 2009 pueden cubrir la totalidad del coste de la inversión, se considera justificado modificar el contenido del artículo 9 de la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio.

Considerando que el artículo 3.1 de la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir el sistema de concesión de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo (DOGC núm. 5169, de 9.7.2008) establece que, anualmente y en función de la disponibilidad presupuestaria, y por resolución del/de la consejero/a de Trabajo, se publicarán en el DOGC las convocatorias para la presentación de las solicitudes y la documentación que se tiene que aportar, las cuales indicarán la disposición donde constan las bases reguladoras, el plazo para la presentación de solicitudes, la aplicación presupuestaría en que se deben imputar y la cuantía máxima destinada que prevé esta Orden.

Considerando que el Decreto 137/2008, de 8 de julio, por el que se aprueba la Clasificación catalana de actividades económicas 2009 (CCAE-2009), establece la nueva codificación aplicable a la documentación administrativa derivada de la actividad de las administraciones públicas catalanas en la que figuren actividades económicas codificadas;

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

Considerando la Ley 15/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2009 (DOGC núm. 5288, de 31.12.2008);

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del director general de Relaciones Laborales, con el informe previo de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Esta Orden tiene por objeto modificar los artículos 9 y 11.3 de la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir el sistema de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, y abrir la convocatoria para el año 2009.

Artículo 2

Se modifican los artículos 9 y 11.3 de la Orden TRE/333/2008, de 11 de junio, que quedan redactados de la manera siguiente:

.Artículo 9

Importe de las ayudas

La cuantía prevista para las ayudas es del 20% de la inversión realizada y sin que en ningún caso se pueda superar la cuantía máxima de 45.000 euros por beneficiario..

.Artículo 11

Procedimiento de concesión

11.3 El subdirector o la subdirectora general de Seguridad y Salud Laboral, a la vista del expediente y del informe técnico correspondiente, elevará una propuesta de resolución en el órgano competente, el cual emitirá la resolución que corresponda, debidamente motivada, con el trámite de audiencia previo, del que se podrá prescindir cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en consideración otros hechos u otras alegaciones o pruebas que las presentadas por las personas y entidades interesadas..

Artículo 3

Convocatoria para el año 2009

3.1 Se abre convocatoria para la presentación de solicitudes de las ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, para el año 2009

3.2 El plazo de presentación de solicitudes para la concesión de las ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo y de la documentación que...

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