ORDEN EMO/312/2012, de 8 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir la concesión de subvenciones para proyectos innovadores y experimentales cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y se abre la convocatoria para el año 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

La situación económica actual, marcada por una recesión económica, pérdida de actividad y reestructuración del mercado de trabajo, con un aumento del número de personas desempleadas, pone de manifiesto la necesidad de reformar las políticas activas de empleo, tanto en relación con su modelo de intervención como con respecto a su contenido.

La estrategia planteada por el Gobierno de la Generalidad, mediante la aprobación de la Estrategia Catalana por el Empleo (ECO) y su Plan de desarrollo de políticas activas (PDPA), basada en la nueva orientación de estas políticas tanto a nivel europeo (Estrategia Europea 2020) como a nivel español (Estrategia Española para el Empleo), prevé la realización de políticas activas de empleo mucho más flexibles y ajustadas a las necesidades específicas de cada territorio, sectores y colectivos de personas desempleadas.

En este sentido, la Estrategia Catalana por el Empleo establece, entre otras medidas, la posibilidad de desarrollar programas que apoyen la realización de proyectos integrales y que fomenten el desarrollo y la actividad económica de los territorios y de los sectores, y las posibilidades de inserción de las personas desempleadas.

Uno de los programas previstos en la ECO es el impulso de proyectos innovadores y experimentales que han de facilitar al Servicio de Empleo de Cataluña conocimiento, orientaciones e indicaciones, sobre la base de las experiencias reales ejecutadas, para ir innovando, configurando y perfilando estas medidas de intervención, con la finalidad de que las políticas activas de empleo que ejecute el Servicio de Empleo de Cataluña sean más efectivas y eficaces, y por lo tanto tengan un mayor impacto.

Mediante este programa se dará apoyo a iniciativas innovadoras que respondan a los nuevos retos que plantea la situación socioeconómica y ocupacional actual, y en especial a la creación y al mantenimiento de puestos de trabajo, a la mejora de la competitividad de las empresas y la inserción laboral de las personas en situación de desempleo, a la innovación asociada a la mejora de la capacidad de respuesta a los problemas existentes y a la identificación anticipada de los problemas futuros, así como a la posibilidad de abordar la competitividad en un entorno global desde la innovación local y territorial. Es necesario intervenir de una forma diferente, buscar nuevas fórmulas más eficientes y optimizar los recursos asignados.

Esta Orden prevé focalizar recursos en aquellos proyectos que estén orientados a resultados y productos concretos, que coordinen e integren un conjunto de actuaciones ocupacionales y desarrollo local dirigidas a la consecución de unos determinados objetivos, que comporten la coordinación y la implicación de aquellos actores más representativos de los sectores y territorios y que supongan una innovación, una transformación en la respuesta a unas necesidades previamente detectadas. Asimismo, este programa permitirá la posterior transferencia con el fin de maximizar la utilidad de los resultados y productos generados.

En consecuencia este programa permitirá implementar, experimentar y evaluar, la realización de proyectos ocupacionales y de desarrollo local que puedan transferir conocimiento al Servicio de Empleo de Cataluña para desarrollar nuevos programas y actuaciones ocupacionales más ajustadas a la realidad actual y aplicar experiencias innovadoras y de éxito en otros sectores y territorios.

El programa, financiado con recursos provenientes del Programa operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del objetivo de competitividad regional y empleo de la Comunidad Autónoma de Cataluña 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión el 18 de diciembre de 2007, incide en todos los ejes estratégicos del Programa operativo y permite la ejecución de actuaciones integradas en todos estos ejes.

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña;

Considerando el Decreto 160/2006, de 16 de mayo, de reestructuración del Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 4636, de 18.5.2006);

Visto lo que disponen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE núm. 176, de 25.7.2006), y el resto de normativa de aplicación;

Vista la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010);

Vista la Ley 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012 (DOGC núm. 6075, de 27.2.2012);

Visto el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (DOUE L210, de 31.7.2006);

Visto el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y al Fondo de Cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006);

Visto el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006);

Vista la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (actualmente, con la nueva numeración, artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) (DOUE L379, de 28.12.2006);

Vistos los preceptos legales mencionados, a propuesta de la Directora del Servicio de Empleo de Cataluña, con informe previo del Área Jurídica de la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado y escuchado previamente el Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña y de conformidad con lo que dispone el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Esta Orden tiene por objeto:

Establecer las bases que tienen que regir el régimen de concesión de subvenciones para la realización de proyectos innovadores y experimentales que desarrollen acciones en el marco del Programa operativo del FSE de Cataluña 2007-2013.

Abrir la convocatoria correspondiente al año 2012 para la presentación de solicitudes para la realización de proyectos innovadores y experimentales.

1.2 Estas acciones se regulan por las bases contenidas en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Aplicación presupuestaria e importe convocado

2.1 La dotación de la presente convocatoria de subvenciones es de 3.800.000 euros.

Las ayudas concedidas en el marco de este Programa podrán ser objeto de cofinanciación en un 50% por el Fondo Social Europeo, con cargo al Programa operativo de competitividad regional y empleo de Cataluña, para el periodo 2007-2013, núm. CCI 2007 SE 052PO-007.

2.2 Esta convocatoria se financiará a cargo de las siguientes partidas presupuestarias: 6204. D/460.0015.01/331E/0000, 6204. D/482.0019.01/331E/0000 y 6204. D/481.0001.01/331E/0000 del Servicio de Empleo de Cataluña del ejercicio 2012.

Una vez conocida la naturaleza jurídica de las entidades beneficiarias de las subvenciones, se tramitarán las modificaciones presupuestarias oportunas con el fin de imputar el gasto al concepto correspondiente en función de la clasificación económica.

2.3 Esta dotación inicial se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidades presupuestarias, mediante resolución del/de la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña.

2.4 A medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones y en el supuesto de que una vez resuelta la convocatoria se haya agotado el importe máximo destinado por este ejercicio a las acciones reguladas en esta Orden, y/o si se produce efectiva transferencia de créditos, se podrán asignar nuevos otorgamientos de acciones que no obtuvieron subvención porque se había agotado el presupuesto disponible y que cumplan los requisitos para obtener la subvención que dispone esta convocatoria.

Artículo 3

Solicitudes y plazos de presentación de las solicitudes

3.1 El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

3.2 Las solicitudes se tienen que presentar de acuerdo con lo que prevé la base 15 de esta Orden.

Artículo 4

Periodo de ejecución del Programa

El periodo de ejecución de los proyectos subvencionados en el marco de esta Orden será desde la fecha de otorgamiento de la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2013.

Artículo 5

Órgano competente y resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para la tramitación, la resolución, el plazo para concluir el procedimiento, el medio de notificación y el régimen de recursos se regula en las bases 19 y 20 de esta Orden.

Artículo 6

Pago de la subvención

De acuerdo con lo que prevé la base 22 de esta Orden, la entidad beneficiaría de la ayuda deberá presentar el certificado de inicio antes del día 15 de diciembre del 2012.

Disposición final

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