DECRETO 135/1998, de 9 de junio, por el que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECRETO

135/1998, de 9 de junio, por el que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

El Real decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, completado por el Real decreto 1411/94, de 25 de junio, ha establecido el título de técnico superior en desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas y las correspondientes enseñanzas mínimas, en consonancia con el Real decreto 676/1993, de 7 de mayo, por el que se establecen las directrices generales sobre los títulos de formación profesional y las correspondientes enseñanzas mínimas.

El Real decreto 777/1998, de 30 de abril, ha desarrollado determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; algunos de estos aspectos modifican el Real decreto que estableció el título correspondiente a este ciclo formativo.

En cumplimiento de lo que se dispone en el artículo 4 de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, corresponde a las administraciones educativas competentes establecer el currículum del ciclo formativo correspondiente.

De acuerdo con el Decreto 332/1994, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña, corresponde al Gobierno de la Generalidad de Cataluña establecer el currículum de las enseñanzas de formación profesional.

El currículum de los ciclos formativos de formación profesional específica se establece teniendo en cuenta las necesidades generales de cualificación de cada ámbito profesional detectadas en Cataluña y las diversas medidas que permiten adecuaciones del currículum a las necesidades específicas del entorno socioeconómico de los centros docentes.

La autonomía pedagógica y organizativa de los centros y el trabajo en equipo del profesorado permiten desarrollar actuaciones flexibles y posibilitan concreciones particulares del currículum en cada centro docente. El currículum establecido en este Decreto debe ser desarrollado en las programaciones elaboradas por el equipo docente, las cuales han de potenciar las capacidades clave del alumnado y deben responder al requisito de integración de los contenidos del ciclo formativo.

Por ello, a propuesta del consejero de Enseñanza, con informe del Consejo Escolar de Cataluña, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Este Decreto establece el currículum para las enseñanzas de formación profesional vinculadas al título de técnico superior en desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas regulado por el Real decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, y completado por el Real decreto 1411/94, de 25 de junio, por el que se aprueban las enseñanzas mínimas.

Artículo 2

2.1 La denominación, nivel y duración del ciclo formativo son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.

2.2 El perfil profesional es el que se indica en el apartado 2 del anexo.

2.3 Los objetivos generales del ciclo formativo son los que se establecen en el apartado 3.1 del anexo.

2.4 Los contenidos del currículum se estructuran en los créditos que se establecen en el apartado 3.2 del anexo.

2.5 Los objetivos terminales son los criterios que sirven de referencia para la evaluación.

2.6 Las horas a disposición del centro se establecen en el apartado 3.3 del anexo.

Artículo 3

La relación de los créditos en que se estructuran los módulos profesionales de las enseñanzas correspondientes al título de técnico superior en desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas se establece en el apartado 3.4 del anexo.

Artículo 4

Las especialidades exigidas al profesorado que imparte los créditos correspondientes a este ciclo formativo son las que se expresan en el apartado 4 del anexo.

Artículo 5

5.1 Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 5.1 y 5.2 del anexo.

5.2 Los estudios universitarios a los que da acceso este título son los previstos en el apartado 5.3 del anexo.

Disposiciones adicionales

--1 El consejero de Enseñanza podrá desarrollar el currículum al que hace referencia este Decreto tanto en la modalidad de educación presencial como en la de educación a distancia, lo podrá adecuar a las características de los alumnos con necesidades educativas especiales y lo podrá adaptar a las características singulares de colectivos de alumnado.

--2 El consejero de Enseñanza podrá autorizar la realización de experimentaciones sobre este currículum de acuerdo con lo que dispone el capítulo 6 del Decreto 332/1994, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña.

Disposición final

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 9 de junio de 1998

Jordi Pujol

Presidente de la Generalidad de Cataluña

Josep Xavier Hernández i Moreno

Consejero de Enseñanza

Anexo

--1 Identificación del título

1.1 Denominación: Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

1.2 Nivel: formación profesional de grado superior.

1.3 Duración del ciclo formativo: 2000 horas.

1.3.1. Formación en el centro educativo: 1650 horas (créditos del 1 al 9).

1.3.2 Formación en centros de trabajo: 350 horas (crédito 10).

--2 Perfil profesional

2.1 Competencia general.

Es competencia general de este técnico intervenir en levantamientos y replanteos de construcciones y terrenos, auxiliando en su ejecución e intervenir en proyectos de infraestructura viaria y de ordenación del territorio, elaborando planos de trazados, acometidas, abastecimientos y de ordenación del suelo, tomando datos y aportando a su nivel soluciones a los problemas de representación y dimensionado.

2.2 Competencias profesionales.

Las competencias y realizaciones más relevantes que debe manifestar el profesional son:

a) Participar en trabajos de campo y gabinete:

  1. Analizar e interpretar datos previos que sirven de base a los trabajos de campo.

  2. Realizar croquis del terreno identificando y señalando los datos más relevantes.

  3. Estacionar los aparatos topográficos, posibilitando la toma de datos.

  4. Realizar con la precisión adecuada operaciones de toma de datos, registrándolas en el soporte adecuado.

  5. Obtener cotas y coordenadas con la precisión adecuada procesando los datos de campo.

  6. Materializar los datos de campo en el soporte y con la precisión adecuados.

  7. Interpolar curvas de nivel con la precisión adecuada.

    b) Desarrollar proyectos de infraestructura:

  8. Participar en estudios comparativos de infraestructura viaria, posibilitando la confrontación de soluciones alternativas.

  9. Representar trazados, estableciendo los perfiles necesarios según la precisión requerida.

  10. Representar rasantes según especificaciones, definiendo suficientemente el trazado.

  11. Realizar mediciones para obtener cubicaciones de obra de tierra con la precisión adecuada.

  12. Realizar valoraciones, aplicando adecuadamente precios actualizados.

  13. Realizar operaciones de cálculo de instalaciones que sirven de soporte al proyecto.

  14. Elaborar planos de acometidas y redes de distribución, dibujando planos de alcantarillado, agua, electricidad, telefonía y gas.

    c) Participar en trabajos de planeamiento:

  15. Tomar datos urbanísticos y del terreno extrayendo los más relevantes para el proyecto.

  16. Elaborar planos descriptivos a partir de la toma de datos, facilitando su interpretación y sirviendo de base al proyecto.

  17. Participar en trabajos de ordenación del suelo, aplicando la normativa y las especificaciones.

  18. Representar trazados de instalaciones según especificaciones, a partir de normas de diseño.

    d) Participar en replanteos de obra:

  19. Intervenir en la definición del plan de replanteo, analizando los planos correspondientes y elaborando los croquis necesarios.

  20. Estacionar los aparatos topográficos, posibilitando el replanteo.

  21. Materializar el replanteo, marcando puntos y alineaciones con la precisión requerida de acuerdo con el plan establecido.

  22. Materializar la nivelación, marcando cotas, alturas o rasantes con la precisión requerida.

    e) Llevar a cabo la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa o taller:

  23. Evaluar la posibilidad de implantación de una pequeña empresa o taller según su actividad, volumen de negocio y objetivos.

  24. Determinar las formas de contratación más idóneas según el tamaño, actividad y objetivos de una pequeña empresa.

  25. Elaborar, gestionar y organizar la documentación necesaria para la constitución de una pequeña empresa y la generada por el desarrollo de su actividad económica.

  26. Promover la venta de productos o servicios mediante los medios o las relaciones adecuadas según la actividad comercial requerida.

  27. Negociar con proveedores, clientes, buscando las condiciones más ventajosas en las operaciones comerciales.

  28. Crear, desarrollar y mantener buenas relaciones con clientes reales o potenciales.

  29. Identificar, en tiempo y forma, las acciones derivadas de las obligaciones legales de una empresa.

    2.3 Capacidades clave.

    Son las capacidades, mayormente de tipo individual, más asociadas a conductas observables en el individuo y son, en consecuencia, transversales -en el sentido que afectan a muchos puestos de trabajo- y transferibles a nuevas situaciones.

    a) Capacidad de resolución de problemas:

    Es la disposición y habilidad para enfrentarse y dar respuesta a una situación determinada mediante la organización o aplicación de una estrategia o secuencia operativa (identificar, diagnosticar, formular soluciones y evaluar), definida o no, para...

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