ORDEN INT/35/2011, de 4 de febrero, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones correspondientes a las prestaciones de las personas miembros del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/35/2011, de 4 de febrero, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones correspondientes a las prestaciones de las personas miembros del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña.

La Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña establece en el artículo 5 que, entre otros, integran los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña “los bomberos voluntarios”.

El Decreto 246/1996, de 5 de julio, que aprueba el Reglamento del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña, modificado por el Decreto 68/2000, de 8 de febrero, establece en su artículo 17 una serie de compensaciones económicas correspondientes a las prestaciones de las personas miembros del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña, cuyas cuantías se tienen que fijar por una orden conjunta de los departamentos de Interior, y de Economía y Conocimiento.

En fecha 11 de noviembre de 2008, se publicó en el DOGC la Orden PRE/464/2008, de 23 de octubre, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones correspondientes a las prestaciones de los miembros del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña. La disposición final primera de esta Orden determina que los importes que se establecen deben ser objeto de revisión con carácter bienal a partir de su entrada en vigor.

Dado que ha transcurrido el plazo indicado por esta disposición, procede la revisión de las mencionadas cuantías, la cual se debe llevar a cabo en un contexto económico general caracterizado por la adopción de medidas de contención del gasto público con el objetivo de reducir el déficit público y dar cumplimiento al Programa de estabilidad 2009-2013 que tiene que permitir que las comunidades autónomas reduzcan su déficit hasta el 1,1% el último año y que se inserta en el marco del Pacto de estabilidad y crecimiento de la Unión Europea.

Siguiendo la pauta de moderación del gasto público y con el objetivo de que las medidas puestas en marcha con el fin de acelerar la reducción del déficit público no afecten en ningún caso a la calidad de los servicios prestados y, en especial, del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos de la Generalidad, se considera oportuno mantener el importe de las compensaciones que se estableció en el...

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