ORDEN EDU/563/2006, de 21 de noviembre, por la quese convocan becas de colaboración en tareas de formación en cualificacionesprofesionales y en tecnologías de la información aplicadas a lascualificaciones y a la formación profesional, propias del Departamento deEducación y Universidades.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDU/563/2006, de 21 de noviembre, por la que se convocan becas de colaboración en tareas de formación en cualificaciones profesionales y en tecnologías de la información aplicadas a las cualificaciones y a la formación profesional, propias del Departamento de Educación y Universidades.

El Departamento de Educación y Universidades desarrolla el sistema integrado de cualificaciones y formación profesional, el cual se compone, entre otros instrumentos, de un catálogo de cualificaciones profesionales y de un sistema de reconocimiento y acreditación de la competencia profesional.

La elaboración del Catálogo de cualificaciones profesionales requiere el conocimiento y el análisis de las competencias profesionales vinculadas a las diversas profesiones y sectores profesionales en los respectivos entornos laborales, así como el seguimiento de su evolución. Es, por lo tanto, un dominio de conocimiento situado dentro de la gestión de los recursos humanos.

El sistema de reconocimiento y acreditación de la competencia profesional se fundamenta en el conocimiento de las cualificaciones profesionales y su aplicación requiere del apoyo de las tecnologías de la información y de la comunicación.

Es en este marco, de formación en el desarrollo de las cualificaciones profesionales y de las nuevas tecnologías de la información, que el Departamento de Educación y Universidades quiere facilitar la colaboración de estudiantes universitarios en los ámbitos relacionados con las cualificaciones profesionales y con las tecnologías de la información, a fin de que la experiencia que lleven a cabo enriquezca su formación académica, a la vez que les da una experiencia práctica del funcionamiento de la Administración y los prepara para su ejercicio profesional.

El Departamento de Educación y Universidades adjudicó el año 2006 tres becas de colaboración en tareas de formación en cualificaciones profesionales y en tecnologías de la información aplicadas a las cualificaciones y a la formación profesional. Para continuar con esta colaboración debe abrirse una nueva convocatoria pública para adjudicar, para el año 2007, nuevas becas, ofrecer la prórroga de las que corresponda, y establecer el mecanismo para cubrir las vacantes.

Por todo eso, de acuerdo con lo que prevén la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el artículo 56 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se refiere a la tramitación anticipada, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria pública para adjudicar una beca de colaboración en tareas de formación en cualificaciones profesionales y en tecnologías de la información, propias del Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales del Departamento de Educación y Universidades, dependiente de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, a estudiantes y titulados recientes de universidades de Cataluña, relacionados con las cualificaciones profesionales y las tecnologías de la información.

Artículo 2

Ofrecer la prórroga, hasta el plazo máximo de 31 de diciembre de 2007, de dos becas otorgadas por primera vez el año 2006, a las dos personas becadas que las disfrutan en la fecha de esta convocatoria. Las becas ofrecidas en la prórroga que no se cubran aumentarán la beca convocada.

Artículo 3

En los supuestos de revocación o renuncia a una beca de colaboración, o a su prórroga, se podrán adjudicar las becas, dentro del orden establecido, a las personas que hayan sido designadas suplentes en la resolución de adjudicación.

Artículo 4

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 5

El gasto derivado de la entrega de las becas, por un importe máximo de 28.944,51 euros, queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida D/480000100/4250 del centro gestor EN05, del presupuesto del año 2007.

Artículo 6

Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC y hasta el día 22 de diciembre de 2006.

Artículo 7

La adjudicación de las becas y la ejecución del gasto se ha de hacer durante el año 2007.

Artículo 8

Se delega en el director general de Formación Profesional y Educación Permanente la resolución de esta convocatoria.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo...

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