RESOLUCIÓN AAR/482/2010, de 23 de febrero, por la que se aprueban las bases definitivas de la concentración parcelaria de la zona alta del río Corb (áreas regables de Bellpuig, Belianes, Maldà y Vilanova de Bellpuig).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

AAR/482/2010, de 23 de febrero, por la que se aprueban las bases definitivas de la concentración parcelaria de la zona alta del río Corb (áreas regables de Bellpuig, Belianes, Maldà y Vilanova de Bellpuig).

Mediante el Decreto 104/2004, de 20 de enero (DOGC núm. 4055, de 23.1.2004), se declaró de utilidad pública y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona alta del río Corb (áreas regables de Bellpuig, Belianes, Maldà y Vilanova de Bellpuig).

De acuerdo con lo que prevé el artículo 183 del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de reforma y desarrollo agrario, las bases provisionales de la concentración parcelaria se han sometido a información pública con la correspondiente publicación en el DOGC núm. 5383, de 20.5.2009, y se han recogido las observaciones formuladas por los interesados.

Vistas la propuesta de la Comisión Local de la Concentración Parcelaria de la zona alta del río Corb (áreas regables de Bellpuig, Belianes, Maldà y Vialnova de Bellpuig) y el informe de la Subdirección General de Infraestructuras Rurales,

Resuelvo:

Artículo 1

Aprobar las bases definitivas de la concentración parcelaria de la zona alta del río Corb (áreas regables de Bellpuig, Belianes, Maldà i Vilanova de Bellpuig).

Artículo 2

De acuerdo con el articulo 210 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, esta resolución se publicará en el DOGC, en los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en Lleida y, durante tres días hábiles, en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Bellpuig, Belianes, Maldà y Vilanova de Bellpuig, donde estarán expuestas las bases definitivas durante treinta días hábiles. Durante este plazo, a contar desde...

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