DECRETO 42/2008, de 4 de marzo, por el que se regula la coordinación ejecutiva de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

42/2008, de 4 de marzo, por el que se regula la coordinación ejecutiva de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad.

El Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, crea el Departamento de la Vicepresidencia, el cual es competente en la promoción exterior de la Generalidad, en el apoyo de las funciones de representación institucional de la Generalidad en el exterior, en la cooperación al desarrollo, en la coordinación de la participación de la Generalidad en los consorcios y organismos con otras instituciones en el ámbito de las relaciones internacionales, en la coordinación ejecutiva de los organismos gubernamentales con competencias en la acción exterior de la Generalidad y en el apoyo a las comunidades catalanas en el exterior.

Mediante el Decreto 478/2006, de 5 de diciembre, se aprueba la estructura del Departamento de la Vicepresidencia y se regulan las unidades orgánicas dependientes. El artículo 2.1 del citado Decreto establece que la Secretaría de Relaciones Internacionales pasa a denominarse Secretaría de Asuntos Exteriores, la cual asume la estructura y funciones de la anterior, entre las cuales se encuentran las que le atribuye el artículo 6 del Decreto 24/2006, de 28 de febrero, por el que se regula la coordinación de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad y se establecen las funciones de la Secretaría de Cooperación Exterior del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas.

El Decreto 633/2006, de 27 de diciembre, regula las funciones y la estructura de la Secretaría de Asuntos Exteriores y establece que ésta es el órgano de apoyo a la persona titular del Departamento de la Vicepresidencia en el ejercicio que la normativa vigente le atribuye en materia de acción exterior, y el órgano de apoyo en la coordinación de la acción exterior de la Generalidad. La disposición derogatoria de este Decreto deroga el Decreto 24/2006, de 28 de febrero.

La diversidad de ámbitos en los que se desarrolla la acción exterior del Gobierno de la Generalidad, y la multiplicidad de órganos y entidades que inciden, hace que sea especialmente necesario asegurar una adecuada coordinación de esta acción exterior.

El presente Decreto pretende delimitar con precisión el contenido de la competencia de coordinar la acción exterior del Gobierno de la Generalidad, facilitar que la persona que lo ejerce reciba de forma ágil y eficaz el apoyo de los diferentes órganos y entidades que tienen incidencia, y establecer los mecanismos que permitan hacer el seguimiento y asegurar la coherencia de la acción exterior, así como dar servicio a todos los departamentos del Gobierno de la Generalidad de Cataluña que lleven a cabo actividades en el exterior.

En consecuencia, la nueva estructura del Gobierno de la Generalidad, la atribución al Departamento de la Vicepresidencia de la coordinación ejecutiva de los organismos gubernamentales con competencias en la acción exterior, y la creación de la Secretaría de Asuntos Exteriores como órgano de apoyo a esta competencia, hacen necesario regular los mecanismos por los que el Departamento de la Vicepresidencia garantizará la correcta ejecución de las directrices políticas generales de la acción exterior del Gobierno, velará por una correcta organización de los servicios que la Generalidad proporciona en el exterior, y garantizará los servicios que se ofrecen en los diferentes departamentos de la Generalidad en materia de acción exterior.

Considerando la derogación del Decreto 24/2006, de 28 de febrero, y de acuerdo con la nueva estructura del Gobierno de la Generalidad, es necesario regular cómo se articula la función de coordinación ejecutiva de la acción exterior.

De acuerdo con el artículo 194 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que prevé que la Generalidad cree oficinas en el exterior para la promoción de los intereses de Cataluña, el presente Decreto regula el marco jurídico general de las oficinas de la Generalidad en el exterior, según la nueva estructura administrativa en materia de acción exterior y teniendo en cuenta la regulación de la coordinación ejecutiva de esta competencia.

Con respecto a la acción del gobierno ante la Unión Europea, la cual se impulsa y coordina desde la Secretaría para la Unión Europea del Departamento de la Presidencia, y la representación, defensa y promoción de los intereses de Cataluña ante la Unión Europea, que se lleva a cabo desde la Delegación del Gobierno de la Generalidad ante la Unión Europea, es necesario mencionar que no quedan incluidas en el ámbito de la competencia de acción...

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