ORDEN EDU/277/2008, de 2 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto y material curricular en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas obligatorias, y se abre la convocatoria pública correspondiente al curso escolar 2008-2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDU/277/2008, de 2 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto y material curricular en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas obligatorias, y se abre la convocatoria pública correspondiente al curso escolar 2008-2009.

El artículo 1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece como uno de los principios del sistema educativo la calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

Por otra parte, el artículo 4 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece, en los mismos términos que el artículo 27 de la Constitución, la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza básica. En el mismo sentido, la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, establece en el artículo 1 que todo el mundo tiene derecho a una educación básica que permita el desarrollo de la personalidad y la realización de una actividad útil a la sociedad. También establece que esta educación básica tiene que ser obligatoria y gratuita. Asimismo, en el artículo 27 de la Ley mencionada se determina que los poderes públicos garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a la educación.

En los últimos años, un número creciente de centros educativos de Cataluña, a través de las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPA), de los claustros de profesores y profesoras y de los consejos escolares, han puesto en marcha iniciativas concretas en relación con la adquisición y préstamo al alumnado de los libros de texto. Estas actuaciones se han llevado a cabo mediante fórmulas diversas, teniendo en común el objetivo de avanzar en la efectiva gratuidad de la educación obligatoria.

Uno de los objetivos del Departamento de Educación es impulsar la cohesión social mediante políticas de equidad que garanticen la igualdad de oportunidades en el marco de un sistema educativo de calidad. Sin duda, las actuaciones de los centros educativos dirigidas a impulsar el uso compartido y la reutilización de los libros de texto contribuyen al fomento de la equidad y promueven, entre el alumnado y sus familias, valores como la corresponsabilidad y la solidaridad. Además, el cuidado de los libros y del material curricular de uso común y su conservación para una reutilización posterior supone un ahorro económico para las familias y profundiza en la idea de sostenibilidad, uno de los preceptos más abastecimiento aceptados de los postulados medioambientales.

En sintonía con este objetivo, entre los compromisos previstos al Pacto Nacional para la Educación, en el ámbito de familias y educación, se incluye la voluntad de generalizar el Programa cooperativo para la reutilización de libros de texto. En este sentido, una vez analizado el creciente seguimiento que ha tenido los últimos años, el Departamento de Educación ha previsto mantener el Programa en funcionamiento durante tres cursos más, con el fin de avanzar en la gratuidad real de la educación obligatoria, en el marco de una política de equidad educativa.

Por todo eso, de conformidad con lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en cuanto a la participación de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que no sean de titularidad del Departamento de Educación, y a propuesta de la directora general de Atención a la Comunidad Educativa,

Ordeno:

Artículo 1

Se aprueban las bases reguladoras del Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto y material curricular en los centros educativos de Cataluña públicos y privados sostenidos con fondos públicos, que imparten enseñanzas obligatorias, las cuales se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Se abre convocatoria pública correspondiente al curso escolar 2008-2009, para el otorgamiento de dotaciones del Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto y material curricular en los centros educativos de Cataluña públicos y privados sostenidos con fondos públicos, que imparten educación primaria y/o educación secundaria obligatoria, que se rige por las bases reguladoras en que hace referencia el artículo anterior.

Artículo 3

Se destina a la concesión de las dotaciones previstas en esta convocatoria un importe total máximo de 12.340.000,00 euros, de los que 10.611.000,00 euros irán a cargo del crédito EN04 D/226000800/4250, 1.667.000,00 euros a cargo del crédito EN04 D/480000100/4250, y 62.000,00 euros a cargo del crédito EN04 D/460000100/4250 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2008, dependiendo si los destinatarios de la ayuda son centros educativos de titularidad del Departamento de Educación, o bien de titularidad privada o municipal, respectivamente.

La distribución en que hace referencia el párrafo anterior podrá ser modificada en función de la proporción entre las solicitudes estimadas, correspondientes a centros públicos de titularidad de Departamento de Educación y las correspondientes al resto de centros educativos.

Las ayudas objeto de esta convocatoria se concederán en los centros educativos en función de la matrícula y a razón de hasta 25 euros por alumno, tanto a la educación primaria como a la educación secundaria obligatoria.

Artículo 4

El plazo de presentación de las solicitudes para participar en esta convocatoria es de 20 días a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

Los centros educativos interesados en acogerse a esta convocatoria tendrán que presentar una solicitud, de acuerdo con el modelo disponible a la dirección http://www.gencat.net/educacio, dirigida a la directora general de Atención a la Comunidad Educativa, junto con la documentación prevista en la base 5, a...

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