ORDEN GRI/92/2012, de 27 de marzo, por la que se convoca el proceso selectivo para el acceso a la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de intervención-tesorería, categoría superior.

SecciónCargos y Personal
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

El Acuerdo de Gobierno GOV/163/2011, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público parcial para el año 2011 de 100 plazas de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal (DOGC núm. 6047, de 18.1.2012), autoriza la convocatoria de 5 plazas de la subescala de intervención-tesorería, categoría superior.

Así, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11 del Decreto 195/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal de las entidades locales de Cataluña (DOGC núm. 5232, de 9.10.2008), y con el fin de atender las necesidades de personal funcionario con habilitación de carácter estatal en Cataluña, previo informe de la Dirección General de Administración Local, se acuerda convocar el proceso selectivo para el acceso a la subescala de intervención-tesorería, categoría superior.

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo referido al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo que prevé la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Visto lo que dispone el apartado cuarto de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público,

Ordeno:

—1 Convocar el proceso selectivo para cubrir 5 plazas vacantes de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de intervención-tesorería, categoría superior (núm. de registro de convocatoria 207), de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1.

—2 Publicar esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y enviarla al ministerio competente en materia de administraciones públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero o la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la última publicación oficial o, directamente, recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la última publicación oficial.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 27 de marzo de 2012

Joana Ortega i Alemany

Consejera de Gobernación

y Relaciones Institucionales

Anexo 1

Bases de la convocatoria

—1 Normas generales.

1.1 Se convoca el proceso selectivo para cubrir 5 plazas vacantes de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de intervención-tesorería, categoría superior (núm. de registro de convocatoria 207) y con la distribución siguiente:

3 plazas a cubrir por el sistema de pruebas de aptitud.

2 plazas a cubrir por el sistema de concurso de méritos.

Las personas aspirantes pueden participar en ambos sistemas de acceso.

1.2 En el proceso selectivo que establece esta convocatoria, se le aplica la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; el Decreto 195/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal de las entidades locales de Cataluña y, supletoriamente, el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundida en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública.

—2 Requisitos de las personas aspirantes.

Para el acceso a la categoría superior, las personas aspirantes deben reunir los requisitos siguientes:

  1. Pertenecer a la subescala de intervención-tesorería, categoría de entrada, de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal.

  2. Tener, como mínimo, dos años de antigüedad en la subescala de intervención-tesorería, categoría de entrada, computados a partir de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

  3. No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectadas por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones.

  4. No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas.

  5. Poseer los conocimientos de lengua catalana del nivel requerido en estas bases, en el grado adecuado a las funciones propias de la subescala objeto de convocatoria (nivel C), o superar la prueba selectiva prevista en la base 6.2.1 de esta convocatoria.

    Para determinar la antigüedad de las personas aspirantes, se tomarán en consideración tanto los servicios efectivos prestados en la subescala como las situaciones administrativas diferentes del servicio activo que, según la normativa legal vigente, sean computables a efectos de antigüedad.

    Los requisitos establecidos en esta base se deben tener en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, excepto el de la letra c), que se debe acreditar o demostrar antes de iniciarse el proceso selectivo.

    —3 Solicitudes e instrucciones para rellenarlas.

    3.1.a) Las personas que deseen participar en este proceso selectivo deben hacerlo constar en el modelo de solicitud que se puede obtener telemáticamente en las direcciones de Internet http://www.gencat.cat/ovt/gri/convocatoria207 y http://www.eapc.cat

    El modelo de solicitud en soporte papel se puede obtener en el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales (Via Laietana, 26, 08003 Barcelona), en la Escuela de Administración Pública de Cataluña (c. Girona, 20, 08010 Barcelona) y en los servicios territoriales de Gobernación y Relaciones Institucionales:

    Barcelona: avenida de la Diagonal, 409, 5ª planta, 08008 Barcelona.

    Girona: plaza de Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona

    Lleida: calle de Lluís Companys, 1, 25003 Lleida

    Tarragona: calle de Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona

    Cataluña Central: plaza Mayor, 37, 08500 Vic

    Les Terres de l’Ebre: calle de Montcada, 23 (Palacio Abària), 43500 Tortosa.

    3.1.b) La persona aspirante debe observar las instrucciones siguientes para rellenar la solicitud:

    Antes de rellenar la solicitud se deben leer las bases de la convocatoria. Los datos de la solicitud deben escribirse en mayúscula, a máquina o con bolígrafo. Es necesario asegurarse de que los datos consignados sean perfectamente legibles en todos los ejemplares.

    Es imprescindible que la solicitud esté firmada por la persona aspirante. La ausencia de firma comporta la exclusión, excepto en el supuesto de presentación mediante la Oficina Virtual de Trámites.

    Instrucciones para rellenar los datos de la convocatoria:

    En el apartado “Datos de la convocatoria”, se debe indicar el número de registro de la convocatoria (207).

    En el espacio “Departamento”, se debe consignar Gobernación y Relaciones Institucionales.

    En el apartado “Fecha de publicación en el DOGC”, la fecha de publicación de la convocatoria.

    En el apartado “Cuerpo, escala, categoría, ámbito”, se debe indicar la subescala en la que participa; para esta convocatoria, se debe indicar la de intervención-tesorería, categoría superior.

    En el apartado “Turno por el que se participa”, se debe marcar promoción interna.

    En el apartado “Otros datos de la convocatoria”, en el apartado B), se debe indicar el idioma de la prueba complementaria.

    En el apartado D), se debe indicar el sistema: pruebas de aptitud, concurso de méritos o ambos sistemas.

    En el apartado “Datos personales”, se deben rellenar todos los apartados que afecten a la persona solicitante.

    En el apartado de datos personales y antes de rellenar, si procede, las casillas referentes a las personas discapacitadas, se debe leer con atención el apartado c) de la base 3.1.

    En el apartado “Titulación y/o formación”, se debe hacer constar el título académico oficial para participar en la convocatoria.

    En el apartado ”Lengua catalana y aranesa”, se debe hacer constar el nivel de conocimiento de la lengua catalana y aranesa, en su caso, y el organismo emisor del documento acreditativo.

    En el apartado “Exención o bonificación de la tasa de inscripción a la convocatoria”, se debe hacer constar si se está en alguno de los supuestos de exención o bonificación, así como el importe de la tasa que consta en la base 3.5.

    En ningún caso, la presentación y pago a la entidad colaboradora sustituirá el trámite de presentación, en el plazo y en la forma oportuna, de la solicitud expresada en la base 3.2. Antes de efectuar el pago, comprobar que los datos son correctos.

    3.1.c) Las personas discapacitadas que participen en el proceso selectivo y que requieran adaptación de las pruebas, lo deberán hacer constar en la solicitud. Las personas deberán indicar expresamente que autorizan al órgano convocante a comprobar de oficio el grado de discapacidad y a solicitar al equipo de valoración multiprofesional (EVO) un dictamen vinculante en relación con esta convocatoria, en el que se determinen la capacidad de la persona y si es necesaria la adaptación de tiempo o medios materiales para la realización de las pruebas, en el caso de que sus datos consten en el ICASS (Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales).

    En caso de que en la solicitud la persona aspirante no autorice expresamente al órgano convocante, o sus datos no consten en el ICASS, es necesario que acredite...

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