DECRETO 352/2002, de 24 de diciembre, de transferencia de competencias de la Generalidad de Cataluña al Conselh Generau d'Aran en materia de símbolos de los entes locales.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

352/2002, de 24 de diciembre, de transferencia de competencias de la Generalidad de CataluÒa al Conselh Generau d'Aran en materia de sÌmbolos de los entes locales.

La Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el rÈgimen especial de Era Val d'Aran, establece en el artÌculo 20.3 que la Generalidad de CataluÒa debe ceder al Conselh Generau d'Aran competencias y servicios sobre varias materias, entre las que figuran la cultura y la protecciÛn, conservaciÛn y administraciÛn de su patrimonio histÛrico y artÌstico.

Los sÌmbolos representativos de los entes locales constituyen una de las manifestaciones de la identidad y la cultura de un pueblo, cuyo origen se encuentra en la necesidad de los pueblos de distinguirse con una seÒal propia.

De conformidad con lo establecido por la disposiciÛn adicional segunda de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el rÈgimen especial de Era Val d'Aran, el Conselh Generau d'Aran ha solicitado a la Generalidad de CataluÒa la transferencia de competencias en materia de oficializaciÛn de los sÌmbolos de los entes locales.

El Pleno de la ComisiÛn Gobierno de la Generalidad-Conselh Generau d'Aran, en fecha 11 de diciembre de 2002, ha adoptado un acuerdo sobre el traspaso de competencias en materia de sÌmbolos de los entes locales.

A propuesta del consejero de GobernaciÛn y Relaciones Institucionales y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ArtÌculo 1

Se aprueba el acuerdo de transferencia de competencias de la Generalidad de CataluÒa al Conselh Generau d'Aran en materia de sÌmbolos de los entes locales, adoptado por el Pleno de la ComisiÛn Gobierno Generalidad-Conselh Generau d'Aran en la sesiÛn de 11 de diciembre de 2002.

ArtÌculo 2

2.1†† Se traspasan al Conselh Generau d'Aran las competencias que corresponden al Gobierno de la Generalidad en relaciÛn con la oficializaciÛn de los sÌmbolos de los entes locales de su ·mbito territorial de acuerdo con lo que prevÈ la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de rÈgimen local de CataluÒa y el Decreto 263/1991, de 25 de noviembre, de aprobaciÛn del Reglamento de los sÌmbolos de los entes locales de CataluÒa.

2.2††En relaciÛn con las competencias traspasadas corresponde al Conselh Generau d'Aran el ejercicio de las funciones siguientes:

a)†Dar asistencia a los entes locales para la elaboraciÛn de los proyectos de escudo y de bandera.

b)†Emitir informe sobre los expedientes de adopciÛn, rehabilitaciÛn, modificaciÛn o...

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