DECRETO 112/2003, de 1 de abril, de modificación de la composición del Consejo de Caza de Cataluña y de los consejos territoriales de caza.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

112/2003, de 1 de abril, de modificación de la composición del Consejo de Caza de Cataluña y de los consejos territoriales de caza.

El Consejo de Caza de Cataluña y los consejos territoriales de caza de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona fueron creados por el Decreto 108/1985, de 25 de abril, mientras que el Decreto 100/2002, de 19 de marzo, crea el Consejo Territorial de Caza de las Tierras del Ebro. Estos consejos constituyen unos órganos de consulta de la Administración en materia de caza con la finalidad de contribuir a llevar a cabo una gestión sostenible y ordenada de los recursos cinegéticos.

Las últimas modificaciones de la estructura del Departamento de Medio Ambiente hacen necesario actualizar la composición del Consejo de Caza de Cataluña y de los consejos territoriales de caza de Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y las Tierras del Ebro.

Igualmente, es necesario modificar la representación de los sectores interesados con la finalidad que en el Consejo de Caza de Cataluña y los consejos territoriales de caza estén adecuadamente representados todos aquellos organismos y entidades que tienen intereses y que pueden verse afectados por la actividad cinegética.

A propuesta del consejero de Medio Ambiente y de acuerdo con el Gobierno de la Generalidad,

Decreto:

Artículo 1

Composición del Consejo de Caza de Cataluña

El Consejo de Caza de Cataluña está constituido por las personas siguientes:

Presidencia: el director o directora general de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental.

Vicepresidencia 1ª: el/la presidente/a de la Federación Catalana de Caza.

Vicepresidencia 2ª: el o la jefa del Área de Actividades Cinegéticas de la Dirección General de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental.

Vocalías:

El presidente/a o delegado/a de cada una de las representaciones o delegaciones de la Federación Catalana de Caza.

Cinco presidentes/as de sociedades de cazadores federadas, a propuesta de la Federación Catalana de Caza.

Dos cazadores/as expertos en materia cinegética propuestos por la Federación Catalana de Caza.

El presidente/a de la Comisión de Cataluña de Homologación de Trofeos de Caza.

Una persona representante de las asociaciones de criadores o productores de especies cinegéticas.

Una persona representante del Consejo General de la Vall d'Aran.

El o la jefa de la Sección de Actividades Cinegéticas y de Pesca Continental de las correspondientes...

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