ORDEN ECF/502/2010, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la formación, difusión, información y asesoramiento en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética y del Plan de energías renovables, y se abre la convocatoria para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/502/2010, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la formación, difusión, información y asesoramiento en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética y del Plan de energías renovables, y se abre la convocatoria para el año 2010.

Antecedentes

El consumo de energía tiene repercusiones muy negativas en varios aspectos, como la reducción progresiva de las reservas de recursos no renovables, el impacto ambiental de la mayoría de las fuentes energéticas o la destinación de recursos económicos a la explotación de materias primas y a otros ámbitos económicos de bajo valor añadido.

El consumo ineficiente de energía contribuye al aumento del déficit de la balanza comercial del país, la reducción de la competitividad de las empresas, el aumento de la inflación, etc.

Debe promoverse un sistema energético con una aportación de recursos renovables más importante, así como un uso más racional y eficiente de los recursos energéticos.

En el futuro inmediato, la energía será un producto cada vez más costoso. Solo mejorando de manera significativa la eficiencia energética y adoptando nuevos hábitos de consumo más racionales podremos hacer frente a este futuro. En este sentido, el apoyo a las inversiones en eficiencia energética debe ser una prioridad de la Administración Pública.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN) del Departamento de Economía y Finanzas tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan de la política energética de la Generalitat de Cataluña y del Plan de la energía de Cataluña 2006-2015 (PEC), y su revisión que se ha llevado a cabo durante el año 2009.

La Estrategia de ahorro y eficiencia energética del PEC se coordina con la Estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012 (E4). Por ello, el 17 de abril de 2008 se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) del Gobierno español y el Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para la definición y la puesta en práctica en Cataluña de las actuaciones previstas en el Plan de acción 2008-2012 de la E4. En el Convenio se identifican varias actuaciones que, junto a otras específicas de la Estrategia del PEC, requieren el apoyo público para su implementación o extensión.

Para hacer frente a las necesidades energéticas futuras en ahorro, eficiencia energética y en energías renovables, es fundamental la formación de las personas, tanto reglada como no reglada. Entre las varias líneas y actividades de formación y difusión se han identificado las prioritarias o más urgentes de la formación no reglada que, con ayudas de las administraciones públicas, podrán ampliar su alcance y mejorar su calidad.

El acceso a la formación para obtener un conocimiento específico que permita resolver un problema determinado o una orientación de la dirección en que debe resolverse, se puede complementar con un asesoramiento técnico específico. La asistencia técnica, jurídica o fiscal son servicios habituales prestados por las asociaciones, profesionales o empresariales a sus asociados. En otros ámbitos, como el asistencial, es habitual obtener un primer diagnóstico antes de la intervención del especialista, si procede. Muchos diagnósticos y recomendaciones preliminares pueden resolver los principales problemas de eficiencia energética de un consumidor sin necesidad de una auditoría energética completa.

La asistencia técnica de proximidad, con el apoyo de la administración pública, permite mejorar también la “capilaridad” de las políticas públicas facilitando la transmisión de información y conocimiento entre la administración pública y la sociedad.

Vista la Ley 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el 2009 del ICAEN, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones;

Visto el informe favorable de la Comisión de Cooperación Local de Cataluña de fecha 12 de marzo de 2010;

Visto el Reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE L 379, de 28.12.2006);

Visto el Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L 214, de 9.8.2008), en particular, los artículos 38 y 39 de la sección 8 en la que se recogen las ayudas a la formación;

Visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas, a propuesta del Instituto Catalán de Energía, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para subvencionar en régimen de concurrencia competitiva la realización de actuaciones en materia de formación, difusión, información y asesoramiento en el ámbito de la energía y abrir la convocatoria para el año 2010.

Artículo 2

Convocatorias

2.1 En función de las disponibilidades presupuestarias y por orden del consejero de Economía y Finanzas, se publica en el DOGC la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta Orden, que contendrá las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación.

2.2 En el supuesto de que una vez resuelta la convocatoria se agote el importe máximo destinado para este ejercicio a las acciones reguladas en esta Orden, a medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones se podrán asignar, mediante resolución de la directora del ICAEN, nuevos otorgamientos a los proyectos que no hayan llegado a obtener subvención y que, teniendo en cuenta la puntuación de la solicitud de subvención, mantengan una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos establecidos por esta Orden.

Artículo 3

Objeto de las ayudas, actuaciones subvencionables, cuantía de las ayudas y régimen de sujeción a normativa comunitaria

3.1 Son objeto del otorgamiento de estas ayudas los proyectos y las actuaciones, realizadas dentro del territorio catalán, que se puedan integrar en alguna de las siguientes actuaciones:

  1. FC-1 Organización de cursos de formación energética para los técnicos municipales que posibilitan la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones municipales.

  2. FC-2 Organización de cursos de formación sobre la nueva normativa energética edificatoria.

  3. FC-3 Organización de cursos de formación sobre certificación energética de edificios.

  4. FC-4 Organización y realización de cursos de formación de gestores de movilidad.

  5. FC-5 Organización de cursos de formación para profesionales instaladores en materia de energía solar térmica y solar fotovoltaica.

  6. FC-6 Organización de cursos de formación no reglada en materia de ahorro y eficiencia energética o energías renovables.

  7. FC-7 Organización de congresos, simposios, jornadas, seminarios y exposiciones itinerantes o temporales y talleres educativos en materia de ahorro energético, energías renovables y movilidad energéticamente eficiente.

  8. FC-8 Elaboración de materiales y productos audiovisuales, plataformas o herramientas interactivas, edición de publicaciones y materiales, realización de proyectos educativos, así como también expresiones y actuaciones culturales y artísticas.

    Estos proyectos y actuaciones incluyen desde la organización de cursos de formación en materias de ahorro y eficiencia energética dirigidos a profesionales, hasta la realización de actividades de información y sensibilización dirigidas a la ciudadanía que tengan por objetivo dar a conocer el mundo de la energía o las prácticas y criterios de actuación en los ámbitos del ahorro y la eficiencia energética, de la movilidad energéticamente eficiente y del aprovechamiento de las energías renovables.

    3.2. Las actuaciones subvencionables harán referencia a los siguientes conceptos:

  9. FC-1 Organización de cursos de formación energética para los técnicos municipales que posibilitan la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones municipales.

    Estos cursos deben dirigirse a cargos y técnicos de las administraciones locales que tengan alguna responsabilidad sobre la gestión energética de las instalaciones municipales y sobre las ordenanzas locales que regulan la eficiencia energética en edificios, la eficiencia energética en el alumbrado público o la gestión energética de las instalaciones y servicios del municipio.

    Los cursos deben ser de formación presencial como mínimo en un 50% de sus créditos.

    Los cursos deberán tener un número...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR