DECRETO 61/2003, de 20 de febrero, de creación de la Comisión Rectora del Plan de acción para la inclusión social en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

61/2003, de 20 de febrero, de creación de la Comisión Rectora del Plan de acción para la inclusión social en Cataluña.

El Plan integral de lucha contra la pobreza y la exclusión social aprobado por Acuerdo del Gobierno de 2 de mayo de 1995, se desarrolló en Cataluña desde el año 1995 hasta el año 2000, participaron en éste seis departamentos de la Generalidad, con la colaboración de los entes locales y de otros estamentos sociales y de entidades. La nueva realidad social, política, económica y cultural de nuestro país ha puesto de relieve la necesidad de un planteamiento nuevo y más amplio en torno a la pobreza y a la exclusión social.

En la cumbre de Niza del año 2000, se acordó trabajar en la línea de la inclusión social para superar cualquier tipo de desigualdad, diferencia y discriminación.

También en el año 2000, la Comisión de las Comunidades Europeas emitió una comunicación para la construcción de una Europa que fomente la integración social y se presentó en el Parlamento Europeo y en el Consejo Europeo para establecer un programa de acción comunitaria con objeto de fomentar la cooperación entre los estados miembros para luchar contra la exclusión social.

A raíz de este acuerdo a nivel europeo, ser derivó el compromiso de los estados miembros para elaborar un plan estatal. Así, en junio de 2001, se aprobó el Plan nacional de acción para la inclusión social del reino de España (2001-2003), donde se marcan unas directrices básicas atendiendo a las recomendaciones de la Unión Europea y se invita a las comunidades autónomas a confeccionar su propio plan territorial.

Vistas las recomendaciones europeas y la evaluación del Plan integral de lucha contra la pobreza y la exclusión social, que puso de manifiesto la existencia de nuevas formas de exclusión y nuevas realidades sociales que hacen que grupos y colectivos se encuentren en una situación de riesgo sin medidas apropiadas para poder salir de dicha situación, y, coincidiendo con la definición de Naciones Unidas de que la inclusión social forma parte de la globalidad, de todos los procesos de la vida de las personas, no se puede obviar ningún ámbito con vistas a alcanzar los objetivos previstos de mejorar la calidad de vida de éstas.

Dicho planteamiento es la base para la confección del Plan de acción para la inclusión social de Cataluña (2003-2006), a nivel interdepartamental, atendiendo a las especificidades de los diferentes grupos y colectivos de personas que forman hoy la sociedad catalana, así como a sus características de género y edad, su lugar de residencia y las distintas formas de dependencias.

Así pues, se estima conveniente intervenir en los ámbitos de acción transversal siguientes: interculturalidad, sociedad de la información y nuevas tecnologías, sostenibilidad, mujer y cultura de la paz, así como los ejes de coordinación, participación, desarrollo comunitario y corresponsabilidad.

Dados los artículos 6 y 10 del Decreto legislativo 17/1994, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la refundición de las leyes 12/1983, de 14 de julio; 26/1985, de 27 de diciembre, y 4/1994, de 20 de abril, en materia de asistencia y servicios sociales, donde se marcan los principios rectores y las áreas de actuación de éstos.

Dada la necesidad de coordinar las distintas actuaciones encaminadas a la elaboración, la implantación y el seguimiento del Plan de acción para la inclusión social de Cataluña y en aplicación de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, a propuesta de la consejera de Bienestar y Familia y de...

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