ORDEN CLT/275/2011, de 29 de septiembre, de la Comisión Mixta Departamento de Cultura, diputaciones y entidades asociativas de entes locales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyOrden

ORDEN

CLT/275/2011, de 29 de septiembre, de la Comisión Mixta Departamento de Cultura, diputaciones y entidades asociativas de entes locales.

Mediante la Orden CMC/343/2008, de 27 de junio, se creó la Comisión Mixta Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, diputaciones y entidades asociativas de entes locales, como órgano permanente de colaboración y coordinación entre la Administración pública de la Generalidad de Cataluña y las administraciones locales en el desarrollo de las políticas culturales.

Vistos los cambios organizativos ocurridos desde entonces, es necesario modificar la Orden mencionada, con el fin de adecuarla a la nueva denominación y nuevo organigrama del Departamento.

De acuerdo con los artículos 12.d) y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el artículo 39 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo 1

Comisión Mixta Departamento de Cultura, diputaciones y entidades asociativas de entes locales

1.1 La Comisión Mixta Departamento de Cultura, diputaciones y entidades asociativas de entes locales es el órgano permanente de colaboración y coordinación entre la Administración pública de la Generalidad de Cataluña, las diputaciones y el resto de las administraciones locales catalanas a través de las entidades representativas en el desarrollo de las políticas culturales, sin perjuicio de las competencias de la Comisión de Gobierno Local de Cataluña.

1.2 La Comisión se adscribe al departamento competente en materia de cultura.

Artículo 2

Composición

2.1 La Comisión Mixta Departamento de Cultura, diputaciones y entidades asociativas de entes locales está integrada por:

  1. La persona titular de la Secretaría General del departamento competente en materia de cultura, quien ejerce su presidencia.

  2. La persona titular de la Dirección General de Promoción y Cooperación Cultural, quien ejerce su vicepresidencia.

  3. Vocalías:

    Una vocalía en representación de cada una de las diputaciones, que debe recaer en un cargo electo, quien puede designar a una persona suplente que ha de ser también un cargo electo.

    Cuatro vocalías a propuesta de la Federación de Municipios de Cataluña, designadas entre cargos electos o miembros de la junta...

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